Ver Acordada 4760 • Implementación Expte. Digital en juzgados COMERCIALES y demandas nuevas por MEV • 03-11-2025

DescripcionImplementación Expte. Digital en juzgados COMERCIALES y demandas nuevas por MEV
AcuerdoSan Fernando del Valle de Catamarca, 03 de noviembre de 2025
VISTO:
Las facultades otorgadas a esta Corte de Justicia por el artículo 3° de la ley N.º 5658 de Digitalización Integral de la Justicia; y la implementación progresiva del Sistema de Expediente Digital (SED) – Iurix dispuesta por Acordada n° 4565/2022 y, la Acordada N.º 4635/2023.
Y CONSIDERANDO:
Que la ley N.º 5658 dispuso la implementación gradual y progresiva de la digitalización de los expedientes judiciales.
Que ya se encuentran digitalizados los Juzgados Civiles y los Juzgados Laborales de la Primera Circunscripción Judicial. Asimismo, se encuentran digitalizadas las Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Minas en relación a los expedientes que remiten en forma digital y/o mixta.
Por Acordada N.º 4635/23 también se implementó la Mesa de Entradas Virtual (MEV) para el ingreso de nuevas demandas dirigidas a los juzgados de primera instancia civiles y laborales de la Primera Circunscripción Judicial, desde el Portal de Causas Judiciales - Iurix.
A los fines de continuar con la progresividad de la digitalización proyectada por ésta Corte de Justicia, resulta necesario disponer la puesta en funcionamiento del Sistema Iurix de Expediente Digital (versión Iurix Cloud Native) en los Juzgados Comerciales y de Ejecución Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial, y, consecuentemente, el inicio virtual (a través de la MEV) de demandas nuevas para tales juzgados, con la correspondiente unificación del proceso de sorteo/asignación de causas y su compensación.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
ACUERDA:
1°) Dispónese la implementación del Sistema de Expediente Digital SED en los Juzgados de Primera Instancia en lo Comercial y de Ejecución de Primera, Segunda y Tercera Nominación, y en el Juzgado de Ejecución Fiscal; a partir del día lunes diez (10) de noviembre de 2025. La implementación contará con la presencia en las dependencias de los juzgados de personal de la empresa Unitech y del área de Informática Jurídica de esta Corte de Justicia.
2°) Dispónese la suspensión de plazos procesales y administrativos –sin atención al público- durante los días diez y once (10 y 11) de noviembre de 2025 para los juzgados referidos en el apartado I).
3°) Dispónese la implementación del ingreso de demandas nuevas dirigidas a los juzgados mencionados en el apartado I) exclusivamente a través de la Mesa de Entradas Virtual (MEV), a través del Portal de Causas Judiciales, a partir del miércoles doce (12) de noviembre de 2025.
4°) Dispónese la implementación del Portal de Causas Judiciales para la tramitación de la totalidad de los expedientes ya existentes y nuevos en los juzgados mencionados en el apartado I), a partir del miércoles doce (12) de noviembre de 2025.
5°) Protocolícese, notifíquese a las Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Minas, a los juzgados de primera instancia civiles, laborales, comerciales y de ejecución fiscal de la primera circunscripción judicial, a la Mesa de Entradas Única, al Colegio de Abogados, al área de Informática Jurídica, al área de comunicación y prensa de esta Corte de Justicia para que de amplia difusión. Fecho comuníquese, publíquese y archívese.-
FirmantesPdte:Dr Néstor H. Martel;Mtros:Dra Fabiana E. Gómez,Dra Rita V. Saldaño,Dr Jorge R. Bracamonte,Dr José R. Cáceres,Dra María F. Rosales Andreotti,Dr Carlos. M. Figueroa Vicario;Sec:Dr Lucas A Taddeo