Ver Acordada 4746 • Implementación progresiva SED-IURIX Modificatoria Acordada 4623 Mesa de Entradas • 28-07-2025

DescripcionImplementación progresiva SED-IURIX Modificatoria Acordada 4623 Mesa de Entradas
AcuerdoSan Femando del Valle de Catamarca, 28 de julio de 2025
VISTO:
La implementación progresiva del Sistema de Expediente Digital (SED) - IURIX dispuesta por Acordada Nº4565/2022 y lo resuelto en el Acuerdo Nº 1359/2025, punto 6;
Y CONSIDERANDO:
Que la Acordada Nº4613, de fecha 17/05/2023, estableció la implementación del Sistema de Expediente Digital (SED) - IURIX y Portal de Causas Judiciales en las Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Minas de Primera, Segunda y Tercera Nominación desde el 29/05/2023, únicamente respecto de los expedientes digitales y/o mixtos elevados por los juzgados de primera instancia digitalizados a partir de esa fecha.
Que la Acordada Nº4623, de fecha 03/08/2023, dispuso que el recurso de casación debe ser presentado por los profesionales en formato papel, con independencia que el expediente correspondiente ya se encuentre digitalizado, y su tramitación se realizará en formato papel (art. 11, apartado e).
Que la experiencia recogida evidencia la necesidad de introducir las modificaciones pertinentes en tomo a las presentaciones realizadas ante las Cámaras de Apelaciones referidas, en lo concerniente al Recurso de Casación, en miras de garantizar el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva, lo cual se mantendrá vigente hasta tanto se implemente el Sistema de Expediente Digital (SED) - IURIX en esta Corte de Justicia.
Por ello;

LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
ACUERDA:
1 º) Modificase el inciso c. del Punto II de la Acordada Nº4623 - del 03/08/2023-,el que quedará redactado de la siguiente manera:
“II) c. El Recurso de casación podrá ser presentado por los profesionales en formato PAPEL y/o DIGITAL por ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Minas que haya dictado la sentencia respectiva; sin perjuicio de ello, la tramitación del recurso se realizará exclusivamente en formato PAPEL, debiendo elevarse en tal formato (PAPEL) a la Corte de Justicia".
2°) Protocolícese, notifíquese a las Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Minas de Primera, Segunda y Tercera Nominación, a la Sala de Recursos Ordinarios y Extraordinarios de esta Corte de Justicia, al Colegio de Abogados de la provincia, al Departamento de Informática Jurídica, désele amplia difusión, comuníquese, publíquese y archívese.
FirmantesPdte:Dr Néstor H. Martel;Mtros:Dra Fabiana E. Gómez,Dra Rita V. Saldaño,Dr Jorge R. Bracamonte,Dr José R. Cáceres,Dr Carlos. M. Figueroa Vicario;Sec:Dr Lucas A Taddeo