Ver Acordada 4726 • Integración de Salas periodo 2025 • 10-12-2024
Descripcion | Integración de Salas periodo 2025 |
---|---|
Acuerdo | San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de diciembre de 2024 VISTO: La Ley Orgánica del Poder Judicial N° 2337 y sus modificatorias, y la Acordada N° 4594. - Y CONSIDERANDO: Que por Acordada N°4594 se dispuso que la Corte de Justicia actuará en los casos previstos en el artículo 203 primer párrafo, artículo 204 inciso 1° segunda parte, inciso 4°, Leyes N° 4642 y 4795 a través de cinco (5) salas: Sala Penal, Sala Doble Conforme, Sala de Recursos Ordinarios y Extraordinarios, Sala de Acción de Amparo y de Amparo por Mora y Sala de Sumarios y Reclamos, cada una en el marco de sus competencias. Para ello resulta necesario determinar la integración de las salas antes referidas con las Ministras y Ministros de esta Corte de Justicia. Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº 1342 punto 4°; LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: Artículo 1°: Integrar para el periodo de 2025, las salas de la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca de la siguiente manera: Sala Penal. Dra. María Fernanda Rosales Andreotti. Dr. Néstor Hernán Martel. Dra. Rita Verónica Saldaño. Sala Doble Conforme. Dr. Jorge Rafael Bracamonte. Dra. Fabiana Edith Gómez. Dr. José Ricardo Cáceres. Sala de Recursos Ordinarios y Extraordinarios. Dra. Fabiana Edith Gómez. Dr. José Ricardo Cáceres. Dr. Carlos Miguel Figueroa Vicario. Sala de Acción de Amparo y de Amparo por Mora. Dr. Carlos Miguel Figueroa Vicario. Dra. Fabiana Edith Gómez. Dr. Jorge Rafael Bracamonte. Sala de Sumarios y Reclamos. Dra. Rita Verónica Saldaño. Dr. José Ricardo Cáceres. Dr. Carlos Miguel Figueroa Vicario. Artículo 2°: Protocolícese, comuníquese y archívese.- |
Firmantes | Pdta:Dra. María F. Rosales Andreotti;Mtros:Dr. Carlos M. Figueroa Vicario,Dr. José R. Cáceres,Dra. Rita V. Saldaño,Dr. Nestor H. Martel,Dr. Jorge R. Bracamonte;Sec. Dr. Carlos H. Brizuela |