Ver Acordada 4708 • Protocolo de Procedimientos para la Recepción, Manejo y Registro de Cédulas y Mandamientos en la Oficina de Notificaciones • 23-09-2024

DescripcionProyecto de Protocolo de Procedimientos para la Recepción, Manejo y Registro de Cédulas y Mandamientos en la Oficina de Notificaciones del Poder Judicial de la Provincia de Catamarca
AcuerdoSan Fernando del Valle de Catamarca, 23 de septiembre de 2024
VISTO:
El Proyecto de Protocolo de Procedimientos para la Recepción, Manejo y Registro de Cédulas y Mandamientos en la Oficina de Notificaciones del Poder Judicial de la Provincia de Catamarca,
Y CONSIDERANDO:
La implementación de un protocolo claro y preciso en la recepción, manejo y registro de cédulas y mandamientos resulta fundamental para optimizar el funcionamiento de la Oficina de Notificaciones, garantizando la eficacia, celeridad y transparencia en el cumplimiento de sus funciones.
Es necesario contar con un marco normativo que establezca los procedimientos adecuados para el manejo de estos documentos judiciales, asegurando que se realicen conforme a las mejores prácticas y dentro de los plazos establecidos.
Dicha medida tiene como objetivo principal prevenir la realización de diligencias externas a la Oficina de Notificaciones y Mandatos, garantizando la transparencia y legalidad en el proceso de notificación y/o ejecución de medidas judiciales.
El Protocolo permitirá uniformar y sistematizar los procesos internos de la Oficina de Notificaciones, minimizando errores y facilitando el control y seguimiento de las diligencias.
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Proyecto de Protocolo y disponer su implementación inmediata, así como su obligatoriedad para los Juzgados, Fiscalías y demás dependencias judiciales.
Por ello, lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº1328 punto N°12 y en uso de facultades conferidas,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
ACUERDA:
1º) Aprobar el "Protocolo de Procedimientos para la Recepción, Manejo y Registro de Cédulas y Mandamientos en la Oficina de Notificaciones del Poder Judicial de la Provincia de Catamarca", cuyo texto se adjunta como Anexo a la presente Acordada.-
2º) Disponer la implementación inmediata del Protocolo aprobado, estableciendo su obligatoriedad para todas las dependencias judiciales, incluyendo Juzgados, Fiscalías y cualquier otra oficina que deba interactuar con la Oficina de Notificaciones.-
3º) Disponer que lo aquí acordado se comunique a los/las magistrados/as y funcionarios/as de las dependencias judiciales correspondientes.-
4°) Protocolícese, comuníquese y archívese. -

ANEXO
Protocolo para la recepción y tratamiento de Cédulas y Mandamientos en la Oficina de Notificaciones y Mandatos
Objetivo: El presente protocolo tiene como finalidad establecer procedimientos para la recepción, manejo y registro de cédulas y mandamientos en la Oficina de Notificaciones y Mandatos del Poder Judicial de Catamarca, con el fin de garantizar la seguridad, transparencia y legalidad en el proceso.
Procedimiento:
1. Recepción de Cedulas y Mandamientos:
• Los instrumentos (cédulas y mandamientos) ingresan a la Oficina de Notificaciones y Mandatos a través de su respectiva mesa de entradas. Al recibir los mismos se les deberá adosar un troquel alfanumérico donde constará el número de control asignado y el arancel en caso de corresponder. El troquel de mención reiniciará su contador el primer día hábil del mes; se realizará por duplicado con miras a la confección de las estadísticas mensuales, y para la posible solución de eventuales extravió de los originales.
• Recibido el instrumento a diligenciar, también se procederá a colocar un sello fechador en el margen inferior izquierdo conteniendo día, mes, y año de recepción, como así también se consigna número de control y numero de sector de acuerdo a la división del mapa judicial.
• Todas las diligencias dirigidas a una misma zona, se adjuntarán a una planilla de entrega y recibo, la cual se confeccionará por duplicado, y esta destinada al Oficial de justicia que corresponda, siendo entregada en la primera hora de oficina del día siguiente a su recepción. La misma, está encabezada por el día, mes y año, número de zona y nombre del funcionario asignado a la zona. Renglón seguido, se asienta nómina de cédulas o mandamientos, individualizándolas por el destinatario, domicilio al que van dirigidas, letrado presentante, Tribunal del que provienen y Secretaría autorizante.
• Al retornar las diligencias (en un plazo no mayor a tres días, conforme a reglamento), los administrativos de la oficina luego de controlar los diligenciamientos, dejarán asentado en la planilla razón justificada del incumplimiento, en caso de existir, o la infracción al reglamento en la que este incurriere; luego de lo cual se procederá a ordenarlas por número de control asignado a los fines de su devolución.
2. Colocación de Sello de Seguridad:
• Los administrativos de la oficina y/o quien el coordinador de dicha dependencia defina, deberá entregar diariamente, todas las cédulas y mandamientos recibidos, a la Secretaría a cargo de la Oficina de Notificaciones y Mandatos, en la última hora hábil del día, a los fines de que la misma o quien ella defina, coloque un sello de seguridad en cada instrumento ingresado a la dependencia. El sello colocado, deberá contar con elementos de seguridad que dificulten su falsificación y será único para la Oficina de Notificaciones y Mandatos.
• Los ujieres solo diligenciarán los instrumentos registrados en la Oficina de Notificaciones y Mandatos, y que contengan el sello de seguridad, con excepción de los URGENTES, los cuales deberán hacerlos sellar antes de la devolución al solicitante a los fines de poder ser incorporados a los expedientes.
3. Incorporación al Expediente:
• Al incorporar cualquier cédula o mandamiento al expediente correspondiente, el personal del juzgado deberá verificar que el documento cuente con el sello de seguridad de la Oficina de Notificaciones y Mandatos.
• Solo las cédulas y mandamientos que cuenten con este sello serán agregadas al expediente.
4. Registro y Control Interno:
• La Oficina de Notificaciones y Mandatos llevará un registro detallado de todas las cédulas y mandamientos recibidos, incluyendo aquellos que fueron entregados fuera de horario y/o con carácter de urgente que no contengan sello de seguridad correspondiente, debiendo ser colocado con posterioridad al diligenciamiento del mismo, previo cotejo con el registro de mención y previo a la devolución del instrumento.
• Se realizarán auditorías periódicas para verificar el cumplimiento del presente protocolo y tomar las medidas correctivas necesarias en caso de irregularidades.
FirmantesPdta:Dra María F. Rosales Andreotti;Mtros:Dr Carlos M. Figueroa Vicario,Dra Fabiana E. Gómez,Dr José R. Cáceres,Dra Rita V. Saldaño,Dr Nestor H. Martel;Sec: Dr. Lucas A. Taddeo