Ver Acordada 4635 • Ingreso de nuevas causas civil y laboral, primera circunscripción judicial, se realizará digitalmente desde el Portal de Causas Judiciales, solapa "Demandas/Inicio de demanda" • 23-10-2023
Descripcion | Continuar con la implementación del proceso de digitalización del Poder Judicial |
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Acuerdo | San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de octubre de 2023 VISTO: Las facultades otorgadas a esta Corte de Justicia por el artículo 3° de la ley nº 5658 de Digitalización Integral de la Justicia; y la implementación progresiva del Sistema de Expediente Digital (SED) - lurix dispuesta por Acordada Nº 4565/2022. CONSIDERANDO: A fin de continuar con la implementación del proceso de digitalización del Poder Judicial, corresponde poner en funcionamiento la Mesa de Entradas Virtual que permitirá el ingreso desde el Portal de Causas Judiciales de las nuevas demandas a iniciarse en los fueros civil y laboral de la primera circunscripción judicial, que ya se encuentran digitalizados. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: I) Dispónese que a partir del primero de noviembre de 2023 el ingreso de nuevas causas en materia civil y laboral, en la primera circunscripción judicial, se realizará digitalmente desde el Portal de Causas Judiciales, desde la solapa "Demandas/Inicio de demanda", los días hábiles en el horario de 07:00 a 20:00 horas. El sistema de Mesa de Entradas Virtual del SED - Iurix realizará la asignación de causas, respetando el régimen de compensación entre los juzgados de igual fuero, todos los días hábiles a las 07:01 horas entre las causas que hubieran ingresado desde el Portal hasta las 20:00 horas del día hábil inmediato anterior. En relación a las nuevas causas ingresadas con destino al fuero laboral, el sistema compensará en forma independiente los amparos sindicales del resto de las demandas laborales iniciadas. II) Los jueces de primera instancia en lo civil y laboral -respectivamente- de la primera circunscripción judicial que se aparten de las causas que les han sido asignadas, por inhibición o recusación, deberán realizar en el SED-Iurix el movimiento "cambio de radicación" remitiendo el expediente al juzgado que le sigue en el orden de nominación y/o subrogancia (conforme se dispusiera en Acordada Nº 4447/2020); de manera que la remisión impacte en el conteo compensatorio de las causas asignadas digitalmente e ingresadas a cada juzgado. Asimismo deberán informar mensualmente -en formato papel o por medio de la casilla de correo electrónico oficial- a la Mesa de Entradas Única de todo cambio de radicación que se haya generado en función de lo expuesto en el párrafo precedente. En el caso de haberse formulado incidente de oposición entre Magistrados se informará a la Mesa de Entradas Única, una vez que el mismo quede resuelto en forma definitiva. III) Dispónese que el archivo digital conteniendo la demanda a ingresarse por el Portal de Causas Judiciales, podrá ser de tipo PDF, DOC, DOCX. Al archivo de demanda se le podrán adjuntar hasta 5 archivos de tipo PDF, DOC, DOCX de hasta 10 mb cada uno, a los fines de acompañar la prueba que pudiera corresponder. En caso que la prueba ofrecida en la demanda exceda la capacidad y cantidad de los archivos adjuntos mencionadas, se deberá completar su envió digital en el juzgado una vez que la causa esté radicada. IV) Protocolícese, notifíquese a las Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Minas, a los Juzgados Civiles y Laborales de Primera Instancia y a las Defensorías Civiles de la Primera Circunscripción Judicial, a las a la Mesa de Entradas Única, al Colegio de Abogados, comuníquese, publíquese y archívese. |
Firmantes | Pdta:Dra. María F. Rosales Andreotti;Mtros:Dr. Carlos M. Figueroa Vicario,Dra. Fabiana E. Gómez,Dr. José R. Cáceres,Dra Rita V Saldaño,Dr Nestor H Martel,Dr Luis R Cippetelli;Sec:Dr Lucas A Taddeo |