Ver Acordada 4526 • Receso Judicial Extraordinario desde el 19/05 al 28/05 inclusive • 18-05-2021
Descripcion | Receso Judicial Extraordinario desde el 19/05 al 28/05 inclusive |
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Acuerdo | ACORDADA Nº 4526 18MAY2021 San Fernando del Valle de Catamarca, 18 de Mayo de 2021 VISTO: El avance acelerado de casos de Covid dado en los últimos días en todo el ámbito provincial, lo informado por el Departamento de Medicina Laboral, en cuanto al número de personas contagiadas y/o aisladas de la planta del Poder Judicial, lo dispuesto por Resoluciones Ministeriales Conjuntas S. y Seg. del Poder Ejecutivo Provincial y la reunión mantenida por los Ministro de la Corte de Justicia en día 18 de Mayo de 2021 y, CONSIDERANDO La necesidad de disponer medidas tendientes a asegurar a preservar la salud del personal del Poder Judicial y minimizar la propagación de la enfermedad Covid-19. Que desde el mes de Marzo de 2020 al día de la fecha esta Corte ha dictado numerosos instrumentos de prevención sanitaria en consonancia con el funcionamiento judicial de forma progresiva, teniendo en cuenta la evolución de la situación de emergencia sanitaria, la afectación de los integrantes del Poder Judicial, administrando los recursos humanos disponibles a fin de continuar con la prestación del servicio posible y no afectar el servicio de justicia. Que por Resoluciones Ministeriales Conjuntas S. y Seg. del Poder Ejecutivo Provincial se dispone la Prorroga de la ETAPA ROJA-Aislamiento Estricto” en todo el ámbito de la provincia, conforme la evaluación diaria que realiza el COE-SALUD de la evolución de la situación epidemiológica y las condiciones actuales del sistema de salud provincial, encausaron en la toma de medidas urgentes, a fin de disminuir la cantidad de casos de en todo el territorio provincial e invitar a adherirse a los restantes poderes del estado. Que la Corte de Justicia constituida en Pleno considera oportuno disponer las medidas de en consonancia con las disposiciones del Ministerio de Salud de Nación y Provincia, los médicos y el personal de higiene y seguridad de este Poder Judicial, para minimizar la propagación de la pandemia de COVID-19, en el ámbito judicial provincial. Por ello; LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A: I) DISPONER a partir de las 00:00 horas del día 19 de Mayo y hasta el 28 de Mayo de 2021 inclusive, el Receso Judicial Extraordinario por razones sanitarias, para todo el ámbito del Poder Judicial y Ministerio Público de la provincia de Catamarca declarándose inhábil el período temporal referido a los fines procesales y administrativos. II) Se establece como horario en el marco del Receso, de Lunes a Viernes de 08:00 a 12 y de 15:00 a 19:00 horas. Los Magistrados, Funcionarios y titulares de las dependencias Judiciales continuarán en funciones pudiendo convocar, si la situación lo requiere y es de suma urgencia, el número mínimo de empleados garantizando las medidas y distanciamiento recomendandos. III) La modalidad de funcionamiento durante el Receso, será con habilitación de firma de todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público, incluidos los que presten funciones desde su domicilio por ser parte del grupo de riesgo de esta emergencia sanitaria, con el objeto de que resuelvan por su naturaleza, las solicitudes de habilitación de feria en las cuestiones de su competencia, en causas nuevas o procesos en trámite. Firmen sentencias, trámites internos, dictámenes e informes, practiquen sorteos, distribución de las causas para sentencia y corran las vistas ordenadas. Notifiquen las sentencias y dictámenes vía electrónica a los profesionales que tengan denunciada la casilla de correo electrónico o E-mail para esa modalidad. En este supuesto se recomienda, por el estado procesal de las causas, la habilitación de plazos a los fines de la interposición de recursos, sustanciación en su caso y la oportuna elevación y resolución. IV) El Ministerio Público mantendrá el esquema de turnos vigentes en relación a Fiscalías, Defensorías Penales y Civiles y las Asesorías de Menores. Asimismo, se debe dar continuidad a las audiencias de debate penal fijadas para comenzar y/o en trámite V) MANTENER las amplias facultades otorgadas al Sr. Director de la Policía Judicial para tomar los recaudos, impartir directivas, afectar y distribuir el personal necesario para el correcto funcionamiento de las Unidades Judiciales y dependencias a su cargo, con las debidas restricciones atento a la emergencia sanitaria.- VI). Protocolícese, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.- G.A.A FIRMADO: Dr. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO PRESIDENTE CORTE DE JUSTICIA Dra. VILMA JUANA MOLINA MINISTRA CORTE DE JUSTICIA Dr. JOSE RICARDO CACERES MINISTRO CORTE DE JUSTICIA DR. LUIS RAUL CIPPTELLI MINISTRO CORTE DE JUSTICIA DR. NESTOR HERNAN MARTEL MINISTRO CORTE DE JUSTICIA Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO SECRETARIO CORTE DE JUSTICIA |
Firmantes | Dr. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO Dra. VILMA JUANA MOLINA Dr. JOSE RICARDO CACERES DR. LUIS RAUL CIPPTELLI DR. NESTOR HERNAN MARTEL Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO |