Ver Acordada 4464 • Receso Judicial Extraordinario por razones sanitarias entre los días martes 8 y domingo 13 de septiembre de 2020 inclusive, para todo el ámbito del Poder Judicial • 07-09-2020
Descripcion | Receso Judicial Extraordinario por razones sanitarias entre los días martes 8 y domingo 13 de septiembre de 2020 inclusive, para todo el ámbito del Poder Judicial |
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Acuerdo | ACORDADA Nº 4464 07SEP2020 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de septiembre de 2020.- VISTO: La situación epidemiológica provincial y el Decreto Pcial. S. - Seg. Nº 1579 que no incluye entre las actividades autorizadas, el ejercicio de la profesión de abogado, lo que implica la prohibición en todo el territorio provincial de la circulación de los mismos.- CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo Provincial, considerando la detección de nuevos casos, la situación epidemiológica local y regional, como así también la realización de actividades que ponen en riesgo el cuidado de la salud de la población, mediante Decreto S-Seg. Nº 1579 establece nuevamente, a partir del día lunes 07 de septiembre de 2020 y hasta el día domingo 13 de septiembre de 2020 inclusive, el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en todo el territorio provincial a los efecto de restringir la circulación y la realización de actividades que pongan en riesgo la salud de la población ya que resultan una fuente de contagio y propagación del virus, invitando el Poder Ejecutivo a adherir al Decreto en su art. 8.- Que es facultad de esta Corte el Disponer asuetos y suspender términos judiciales cuando circunstancias especiales lo requieran (art. 8 inc.12)Ley2337.- Porello; LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA Iº)- ADHERIR al Dcto. Pcial. S - Seg. 1579 y en consecuencia DISPONER el Receso Judicial Extraordinario por razones sanitarias entre los días marres 8 y domingo 13 de septiembre de 2020 inclusive, para todo el ámbito del Poder Judicial y Ministerio Publico de la provincia de Catamarca declarándose inhábil el período temporal referido a los fines procesales y administrativos, con suspensión de términos, pudiendo la Corte durante el Receso prorrogar el mismo de acuerdo a la situación epidemiológica provincial.- IIº)- La Corte de Justicia quedará integrada durante el Receso Judicial Extraordinario por los Dres. Vilma Juana Malina Presidente, Carlos Miguel Figueroa Vicario Ministro Decano y Luis Raúl Cippitelli como Ministro Vice Decano.- En la Iª Circunscripción Judicial y en las circunscripciones del interior, cada Juzgado mantendrá su competencia material para cuestiones de Feria y urgentes.- IIIº)- El Ministerio Publico mantendrá el esquema de turnos vigente en relación a Fiscalias, Defensorías Penales y Civiles, y las Asesorías de Menores de la Iª Circunscripción Judicial.- IVº) Los Cuerpos ínterdisciplinarios y Mediación seguirán funcionando con el sistema de turnos, a través de la Guardia Pasiva pero siempre deberán asegurar la presencia física de por lo menos un (1) agente en las oficinas.- Vº)- En la Policía Judicial, la prestación del servicio será en idéntica modalidad a los días feriados, asegurando el normal servicio.- VIº) Se suspende la atención al público salvo en las actuaciones procesales en las que resulte indispensable la presencia de los letrados y/o las partes, Exhortar a los letrados y la población en general a limitar la concurrencia a edificios del Poder Judicial, intensificando el uso de herramientas informáticas. – VIIº)- Los magistrados, funcionarios y organismos que se encuentren comprendidos en el grupo de riesgo, deberán prestar funciones .remotamente, y para toda tramitación deberá utilizarse el mecanismo electrónico instituido a través de la Acordada Nº4449/2020 por intermedio ele los correos oficiales publicados en el Boletín Oficial y en la página del Poder Judicial, salvo cuestiones extraordinarias.- VIIIº)- Se establece como horario en el marco del Receso, de lunes a viernes de 08,00 a 12,00 horas y de 15,00 a 19,00 horas. Los Magistrados, Funcionarios y Directores de las distintas áreas afectadas deberán convocar, si la situación lo requiere y es de suma urgencia, el número mínimo de empleados garantizando las medidas y distanciamiento recomendados mediante la configuración de equipos de trabajo rotativos que presten funciones de forma presencial y remota cada quince (15) días, debiendo siempre contar en cada dependencia con un empleado de mayor jerarquía y uno que atienda mesa de entradas.- Se afectará a todos los choferes y personal de Mesa de Entradas Única y de maestranza, en particular los mayordomos de las dependencias judiciales, exceptuado el personal de riesgo establecido en Acordada Nº 4449/2020 y extremando las medidas sanitarias y de bioseguridad establecidas en los Protocolos Sanitarios del Poder Judicial, debiendo abstenerse las personas que evidencien síntomas o hayan tenido un contacto estrecho con personas aisladas por el virus a concurrir a sus puestos de trabajo debiendo poner en conocimiento dicha situación al COE y a la Oficina de Reconocimiento Médicos.- IX°)- Protocolícese, Comuníquese, Archívese y Publíquese en el BoletinOficial.- |
Firmantes | DRA VILMA MOLINA PRESIDENTE DR CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO DR JOSE RICARDO CACERES DRA AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA Y DR LUIS RAUL CIPPITELLI MINISTROS ANTE MI DR SEBASTIAN ANDRES LIPARI |