Ver Acordada 4410 • ACLARATORIA DE ACORDAD Nº 3500 • 02-07-2019
Descripcion | Aclarar que la Acordada Nº 3500/95 de fecha 31/05/95, cuando dispone que “Los días de notificación serán LUNES, MIERCOLES Y VIERNES o subsiguientes en caso de feriado o inhábil decretado”, deberá interpretarse que el día subsiguiente es el día hábil posterior o siguiente al dispuesto por la Acordada. |
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Acuerdo | ACORDADA Nº 4410 02JUL2019 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 02 de Julio de 2019 VISTO: Lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº 1119 de fecha 29/05/2019 punto 6), Y CONSIDERANDO: Que, la Acordada Nº 3500/95 refiere que “…Los días de notificación serán LUNES, MIERCOLES, VIERNES o subsiguientes en caso de feriado o inhábil decretado.-…”, Que la solicitud de aclaratoria ordenada, motivo del presente radica en la necesidad de otorgar certeza a la interpretación del término “subsiguiente”. Ello, conforme a disponer si el mismo si el mismo debe interpretarse por día hábil posterior al dispuesto, o en su defecto si corresponde al próximo día designado mediante Acordada. Que, del estudio armónico de la legislación vigente provincial, corresponde expresar que, la Acordada citada, es consecuente con principios y garantías fundamentales reconocidos constitucionalmente y continua el criterio dispuesto en el C.P.C. y C. de la Provincia, ello es –cuando en su art. 133 establece días fijos de notificación, y en su defecto el día siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado-, por lo que podemos concluir que la Acordada de notificación por casilleros utilizó e interpretó el término subsiguiente como sinónimo de siguiente. Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA 1) Aclarar que la Acordada Nº 3500/95 de fecha 31/05/95, cuando dispone que “Los días de notificación serán LUNES, MIERCOLES Y VIERNES o subsiguientes en caso de feriado o inhábil decretado”, deberá interpretarse que el día subsiguiente es el día hábil posterior o siguiente al dispuesto por la Acordada. 2) Protocolícese y Notifíquese.- Dra. VILMA JUANA MOLINA PRESIDENTE CORTE DE JUSTICIA Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES Dr. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO MINISTRO MINISTRO CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA Dra. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA MINISTRO CORTE DE JUSTICIA Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA INSTITUCIONAL CORTE DE JUSTICIA |
Firmantes | DRA VILMA MOLINA PRESIDENTE DR CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO DR JOSE RICARDO CACERES DRA AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA Y DR LUIS RAUL CIPPITELLI MINISTROS ANTE MI DR LUCAS ARMANDO TADDEO |