Ver Acordada 4373 • MODIFICACION DEL ART. 4 DE LA ACORDADA Nº 4151 "INTEGRACION DE LOS MIEMBROS DE LA CORTE POR SORTEO" • 22-08-2017

DescripcionMODIFICACION DEL ART. 4 DE LA ACORDADA Nº 4151 "INTEGRACION DE LOS MIEMBROS DE LA CORTE POR SORTEO"
AcuerdoACORDADA Nº 4373
22AGO2017
San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de Agosto de 2017
VISTO Y CONSIDERANDO:
1) Que con la modificación introducida por la Ley Nº 5473 a la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyos Arts. 1 y 2 establecen la ampliación de los miembros de la Corte de Justicia al número de cinco, se ha generado la necesidad de establecer una adecuada reglamentación en torno al sistema de subrogancia por excusación, inhibición, licencia o vacancia de sus miembros.-
Que el Art. 4 de la Acordada Nº 4151 establece el mecanismo de integración de este Alto Cuerpo en caso de excusación o recusación de los Sres. Ministros y del Procurador General.-
A los fines de lograr una distribución equitativa de causas entre los magistrados para así restablecer un trabajo judicial equilibrado que permita una adecuada prestación del servicio de justicia corresponde modificar dicha normativa.-
Por ello, lo dispuesto por el Art 206, inc. 10 de la Constitución Provincial y Art. 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y lo resuelto en Acuerdo Plenario N° 1054,

LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A:

1º) Modificar el Art. 4 de la Acordada Nº 4151 de fecha 20 de diciembre de 2010, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Que a los fines de la integración de la Corte de Justicia en caso de excusación, recusación, licencia, impedimento o vacancia de alguno de sus Ministros o del Procurador General, se confeccionará una lista en donde se adjudicará un número a cada uno de los Sres. Jueces de las Cámaras de Apelaciones Civil, Comercial, Laboral, de Minas, Menores y Familia, siendo el subrogante legal quien resulte desinsaculado en un sorteo realizado al efecto, debiendo ser excluido de la mencionada lista hasta tanto resulten desinsaculados todos los miembros que la componen y compensarse las causas en caso de impedimento por cualquier motivo.-
A tales efectos, la Secretaría correspondiente deberá llevar un libro de actas en el que se consignará el lugar, fecha y hora del sorteo, datos de identificación de las causas y magistrados desinsaculados, bajo firma del funcionario responsable interviniente y de los asistentes, si los hubiere. Asimismo deberá confeccionarse un archivo informático que se conservará en cada Secretaría.-
2º) Derogase toda Acordada o Resolución que se oponga a la presente, que tendrá vigencia a partir de su publicación en el boletín Oficial.-
3º) Protocolícese, Comuníquese a las Cámaras de Apelaciones y Publíquese en el Sistema Informático y Boletín Oficial.-


Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
PRESIDENTE
CORTE DE JUSTICIA


Dra. VILMA JUANA MOLINA Dr. Dra. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA
MINISTRO MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA


Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES Dr. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO
MINISTRO MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA

Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO
SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA
INSTITUCIONAL
CORTE DE JUSTICIA


FirmantesDR. LUIS RAUL CIPPITELLI - PRESIDENTE - DRES. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA, VILMA JUANA MOLINA, CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO, JOSE RICARDO CACERES - MINISTROS