Ver Acordada 4367 • Convenio de incorporación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia al R.U.A.G.F.A Nacional • 31-05-2017

DescripcionDisposiciones en el marco del Convenio de incorporación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia al R.U.A.G.F.A Nacional
AcuerdoACORDADA Nº 4367
31MAY2017
SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 31 de Mayo de 2017


VISTO:
La Ley Nº 25.854 de Creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, “R.U.A.G.F.A”, y laadhesión, que mediante Ley Nº 5491/16 realiza la Provincia de Catamarca a la citada normativa y suDecreto Reglamentario Nº 1328/2009.

Y CONSIDERANDO:
Que, la normativa provincialdispone en su Art. 2 que será autoridad de aplicación de la presente la Corte de Justicia de Catamarca.
Asimismo, en su Art. 3 establece la suscripción de un Convenio a celebrarse entre la Corte de Justicia de Catamarca, el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Convenio celebrado con fecha treinta de mayo del corriente año, y a los efectos de incorporar el Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines de Adoptivos de la Provincia de Catamarca al R.U.A.G.F.A Nacional.
Que, en cumplimiento del marco normativo dispuesta, surge propicio encomendar el cumplimiento de tareas atinentes a las funciones del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, en una Secretaría de Corte, debiendo asimismo disponer la designación de un funcionario, quien llevará adelante las tareas de coordinación, y seguimiento, y el ejercicio de la representatividad local ante el Consejo Consultivo de la “D.N.R.U.A” Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos. Ello, conformelo establecido en Art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 1328/2009.
Por ello,

LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
AC U E R DA

I)Disponer como integrante del presente, el Convenio de incorporación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia al R.U.A.G.F.A Nacional; celebrado entre la Corte de Justicia de Catamarca, el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, aprobando los términos convenidos en el mismo, conforme lo dispuesto en Ley Provincial Nº 5491.
II) Establecer que la Secretaría de Corte encargada de llevar adelante el cumplimiento de las tareas y funciones atinentes al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia, es la Secretaría de Superintendencia Institucional de la Corte de Justicia.
III) Disponer que la Secretaria Relatora de Superintendencia Institucional Dra. Daniela Valeria De La Colina, será la Representante local ante el Consejo Consultivo de la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos y encargada de Coordinar las tareas y funciones atinentes al Registro Provincial. Ello conjuntamente con sus tareas habituales.
IV) Protocolícese y Comuníquese.

Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
PRESIDENTE
CORTE DE JUSTICIA


Dra. VILMA JUANA MOLINA Dr. Dra. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA
MINISTRO MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA


Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES Dr. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO
MINISTRO MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA

Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO
SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA
INSTITUCIONAL
CORTE DE JUSTICIA





FirmantesDr LUIS RAUL CIPPITELLI PRESIDENTE DRES VILMA JUANA MOLINA CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO JOSE RICARDO CACERES Y AMELIA DEL VCALLE SESTO DE LEIVA MINISTROS