Ver Acordada 4314 • ACTUALIZACION DE LOS MONTOS DE ARANCELES PARA LA REALIZACION DE DILIGENCIAS JUDICIALES 2015 • 03-03-2015
Descripcion | ACTUALIZACION DE LOS MONTOS DE ARANCELES PARA LA REALIZACION DE DILIGENCIAS JUDICIALES - 2015 |
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Acuerdo | ACORDADA N* 4314 03MAR2015 San Fdo. Del Valle de Catamarca, 03 de Marzo de 2015.- VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de mantener actualizados los montos de aranceles establecidos mediante Acordada 4278, para la realización de diligencias judiciales, atento el incremento y la fluctuación de los costos de mercado. Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº 970, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: I) Mantener el diligenciamiento GRATUITO, dentro del Radio del Tribunal, incluyendo Los Estrados del mismo, comprendiendo las zonas entre Avda. Juan Pablo Vera - José V. Figueroa -Pje. Florida - Olmos de Aguilera y Juan De Archeverroa al Norte y calle Florida al Sur, Avda. Alem - Avda Italia y Avda. Los Inmigrantes al Este y Gral Conessa - Avda Peron - Gob. Crisanto Gomez al Oeste.----------------------------------------------------------- II) Fijar, a partir del día de UNO (1) ABRIL de dos mil quince los aranceles para los diligenciamientos que se realicen en las siguientes zonas: AL NORTE: desde Avda Juan Pablo Vera - José V. Figueroa -Pje. Florida - Olmos de Aguilera y Juan De Archeverroa hasta Av. Méjico, VEINTICINCO PESOS ($25), desde Avda. Méjico hasta Av. Los Terebintos TREINTA PESOS ($ 30), y desde Avda. Los Terebintos hasta el final de los barrios existentes TREINTA Y OCHO PESOS ($ 38) . ---------------------------- AL ESTE: desde Avda. Alem – Avda. Italia y Avda. Los Inmigrantes hasta Avda. San Martín VEINTICINCO ($ 25), desde Avenida San Martín hasta Avda. Eulalia Ares de Vildoza en TREINTA PESOS ($ 30) y, desde ésta última hasta Banda de Varela en TREINTA Y OCHO PESOS ($ 38) .------------------------------------------------------------------------------------------- AL SUR: desde calle Florida - Federico Argerich hasta calle Mardoqueo Molina en VEINTICINCO PESOS ($ 25), desde calle Mardoqueo Molina hasta el puente de entrada al Barrio CGT (frente ex Hotel Sussex) en PESOS TREINTA PESOS ($ 30) y desde ésta última hasta El Pantanillo en TREINTA Y OCHO PESOS ($ 38) .-------------------------------------------------- AL OESTE: desde San Luis – Gral. Conessa - Avda Perón - Gob. Crisanto Gómez hasta Felipe Figueroa en VEINTICINCO PESOS ($ 25), desde Felipe Figueroa hasta La Quebrada en TREINTA PESOS ($ 30), y desde ésta última hasta el límite del departamento Capital en TREINTA Y OCHO PESOS ($ 38) .----------------------------------------------------------------------------- Este arancel se incrementará para todos los procedimientos que deban realizarse fuera de este radio y se tomará como parámetro el valor del litro de combustible (gasoil común) por kilómetro real recorrido, para los distintos sectores. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III) Autorizar a los jueces de campaña, cuando las diligencias deban cumplirlas a más de dos kilómetros de distancia del asiento de su juzgado, a percibir de los interesados el valor de un litro de gasoil común por kilómetro de distancia, debiendo extender en tales casos el recibo pertinente. - - - - - - - - - - - IV) El profesional que no desee abonar el diligenciamiento, sacará turno y trasladará al Juez de Paz y/o Ujier al lugar donde deba practicarse la medida que se ordena. Seguidamente deberá trasladar al mismo hasta el Palacio de Tribunales o a la sede del Juzgado en cada caso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V) En todos los casos y a los efectos de agilizar todos los trámites, sin pérdida de tiempo, por cuanto el Funcionario Judicial debe volver a la Oficina para llevar a cabo otros turnos. Deben conocer con exactitud los domicilios de los demandados y concurrir (para el caso de los secuestros) con la movilidad necesaria. Para las medidas que deben llevarse a cabo, la persona que solicite turno lo deberá hacer con antelación.- - - - - - - - - - VI) Establecer la obligatoriedad de exhibición, de la presente acordada en los estrados judiciales de las distintas dependencias del Poder Judicial. VII) Protocolícese, comuníquese y archívese. - - - - - - - - - - - - - - |
Firmantes | Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES, Dra. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA, Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI, Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO |