Ver Acordada 4188 • DISPOSICIONES JUZGADO DE EJECUCION FISCAL • 23-11-2011
Descripcion | isponer, a partir del 17 de noviembre del presente año, la puesta en funcionamiento del Juzgado de Ejecución Fiscal, como Tribunal especializado para conocer y resolver en la Primera Circunscripción Judicial, en las causas que se promuevan por el procedimiento aludido.- |
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Acuerdo | ACORDADA N* 4188 23/11/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de noviembre de 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: La puesta en funcionamiento del Juzgado de Ejecución Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial, a partir del Juramento de la Dra. Marcia Alicia Lozada Figueroa el día 17/11/11 como titular del mismo, el que tendrá competencia exclusiva en la totalidad de las ejecuciones fiscales a iniciarse en la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca. Tornándose indispensable determinar a los fines de una adecuada y equitativa distribución de tareas, el numero de causas que le serán remitidas por los Juzgados de Primera Instancia en lo Comercial y de Ejecución de Primera y Segunda Nominación. Como así también el modo de subrogación de los Sres. Magistrados del fuero en la mencionada Circunscripción Judicial. Por ello y atento a las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A: 1º) Disponer, a partir del 17 de noviembre del presente año, la puesta en funcionamiento del Juzgado de Ejecución Fiscal, como Tribunal especializado para conocer y resolver en la Primera Circunscripción Judicial, en las causas que se promuevan por el procedimiento aludido.- 2º) Hacer saber a Mesa de Entradas Única, que la totalidad de las causas judiciales que ingresen con el procedimiento indicado (Fiscal), deberán ser remitidas sin necesidad de sorteo al Juzgado de Ejecución Fiscal.- 3º) Disponer que los Juzgados de Primera Instancia en lo Comercial y de Ejecución de Primera y Segunda Nominación de la Primera Circunscripción Judicial, remitirá n las causas que tramiten por procedimiento de Ejecución Fiscal que registren ingreso desde el 01 de octubre del presente año, a excepción de las que se encuentren con llamado de autos para resolver.- Cuando se trate de expedientes que no se encuentran físicamente en el Tribunal, la remisión material de la causa que corresponda, se concretará cuando la parte entregue el Juzgado de origen las actuaciones pertinente. 4º) Disponer que en causo de ausencia, licencia o vacancia del Juez de Ejecución Fiscal, el mismo será subrogado por los Sres. Jueces de Primera Instancia en lo Comercial y de Ejecución de la Primera Circunscripción Judicial, por Nominación; de no poder realizarse será reemplazado por los Jueces Civiles, Laborales, de Familia, de Menores, por los Secretarios -Acordada Nº 3918- siempre que estos reúnan los requisitos legales - y por los Conjueces de la lista.- 5º) Protocolícese y Hágase saber.- Dra. AMELIA SESTO DE LEIVA PRESIDENTE CORTE DE JUSTICIA Dr. LUIS RAUL CIPITELLI Dr. JOSE RICARDO CACERES MINISTRO MINISTRO CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA INSTITUCIONAL CORTE DE JUSTICIA |
Firmantes | Dra AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA PRESIDENTE Dr LUIS RAUL CIPPITELLI y JOSE RICARDO CACERES MINISTROS ANTE MI LUCAS ARMANDO TADDEO |