Ver Acordada 4065 • MODIFICACION DE LA ACORDADA Nº 4061 - LIBRO DE PROTOCOLO DE HIJUELAS • 15-05-2008

DescripcionMODIFICACION DE LA ACORDADA Nº 4061 - LIBRO DE PROTOCOLO DE HIJUELAS
AcuerdoSAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 15 de Mayo de 2008.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante Acordada Nº 4061 de fecha 14/04/08, se dispuso la creación de un Libro de Protocolo de particiones hereditarias.
Que la Directora del Archivo Judicial y Notarial solicita se rectifique el término “Particiones Judiciales” por el de “Hijuela”.
Por ello, y lo dispuesto en el Acuerdo Plenario Nº 742 de fecha 07/05/2008.

LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
ACUERDA

1*) Modificar el Artículo I de la Acordada Nº 4061, substituyendo el término “Particiones Judiciales” por el de “Hijuelas”, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Determinar que los Sres. Secretarios competentes para tramitar los juicios sucesorios implementen la creación de un Libro de Protocolo de hijuelas, el que se llevará en forma anual y estará constituido por copias de todas las particiones hereditarias judiciales realizadas en el año asentadas en forma cronológicas y el que posteriormente deberá ser remitido al Archivo Judicial y Notarial” .-
2*) Protocolícese, Comuníquese y Archívese.-
TLQ

Dr. JOSE RICARDO CÁCERES
PRESIDENTE
CORTE DE JUSTICIA

Dr. ENRIQUE ERNESTO LILLJEDAHL
PROCURADOR GENERAL
MINISTRO SUBROGANTE
CORTE DE JUSTICIA

Dra. AMELIA DEL V.SESTO DE LEIVA
MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA

Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO
SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA
INSTITUCIONAL
CORTE DE JUSTICIA
FirmantesDR. JOSE RICARDO CACERES, Dr. ENRIQUE ERNESTO LILLJEDAHL, DRA. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA, DR. LUCAS A. TADDEO