Ver Acordada 4026 • TRASLADOS DEL PERSONAL DE LA POLICIA JUDICIAL • 11-06-2007
Descripcion | TODO PERSONAL DE LA POLICIA JUDICIAL QUE SEA TRASLADADO, DEBERÁ COMUNICARSE A LA PROCURACION GENERAL |
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Acuerdo | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Junio de 2007 VISTO: La solicitud del Sr. Procurador General de la Corte, para que se determine las facultades de Superintendencia que posee sobre la Policía Judicial y la necesidad de establecer limites precisos en cuanto al manejo de la Policía Judicial, y CONSIDERANDO: Que mediante Acordada N* 3840 esta Corte ha delegado facultades que ejercía la presidencia de la misma tales como traslado de personal al Director de la Policía Judicial.- Que con posterioridad y por Acordada N* 3882, se procedió a delegar en el Procurador General las facultades que tenía el Presidente a los efectos de hacer más operativa la actuación de la Policía Judicial. Que ello así, las facultades que ha delegado esta Corte en el Procurador General son aquellas que tenía el presidente para avocarse en esa cuestión y reasumir la competencia delegada ya sea para dejar sin efecto los traslados o modificarles.- Por lo tanto, le asiste al Procurador General de la Corte el mismo derecho de avocación.- Que para hacer operativo en lo que hace a la inmediatez y prontitud del ejercicio de la avocación es imprescindible que el Sr. Director comunique en forma inmediata al Procurador General de la Corte cuando efectúe un traslado. Debe considerarse falta grave tal omisión por parte del Director de la Policía Judicial.- En ese orden de ideas consideramos que corresponde ampliar las facultades delegadas al Sr. procurador General en cuanto podrá realizar los traslados de los funcionarios (Delegados Judiciales equiparados a Secretarios) dentro de los distintos precintos, facultad ésta que no ésta en cabeza del Sr. Presidente de la Corte.- Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario N* 711, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1*) Comunicar al Sr. Director de la Policía Judicial que todo traslado que haya dispuesto deberá ser informado en forma inmediata al Sr. Procurador General a los efectos del derecho de avocación que él posee. La omisión por parte del Director de la Policía será considerada falta grave a los efectos del Régimen Disciplinario.- 2*) Delegar en el Procurador General la facultad de trasladar, dentro de los distintos precintos a los Delegados Judiciales.- 3*) Protocolícese, Comuníquese y Archívese.- Dr. CESAR ERNESTO OVIEDO PRESIDENTE CORTE DE JUSTICIA Dra. AMELIA DEL V.SESTO DE LEIVA Dr. JOSE RICARDO CACERES MINISTRO MINISTRO CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA MARCELO JOAQUIN PONFERRADA SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA CORTE DE JUSTICIA |
Firmantes | DR. CESAR ERNESTO OVIEDO - PRESIDENTE- DRES. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA Y JOSE RICARDO CACERES - MINISTROS |