Ver Acordada 4025 • SANCIONES DISCIPLINARIAS DE LA POLICIA JUDICIAL • 07-06-2007

DescripcionSANCIONES DISCIPLINARIAS DE LA POLICIA JUDICIAL - COMPLEMENTADA POR ACORDADA Nº 4027
AcuerdoSAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Junio de 2007

VISTO y CONSIDERANDO:

En virtud de que se ha ampliado la planta de personal de este Poder y coadyuvado a ello la creación de la Policía Judicial mediante Ley N* 4676, que la ha incrementado más aún. Esta Corte entiende que surge la necesidad de descomprimir a la Secretaría de Sumarios e Inspección de Justicia, la que se encuentra tramitando las causas disciplinarias de todo el personal dependiente de este Poder, a fin de que comiencen a instruirse y hasta concluida la investigación, por el Sr. Secretario de la Policía Judicial y por el Sr. Secretario de Superintendencia Institucional, todas aquellas causas relacionadas con los Agentes de la Policía Judicial y las referidas a la asistencia del Personal.
Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario N* 711,

LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
A C U E R D A

1*) Disponer que la tramitación de las causas disciplinarias de agentes de la Policía Judicial, que hasta hoy se encontraban a cargo de la Secretaría de Sumarios e Inspección de Justicia de la Corte, se efectúen en el Dirección de la Policía Judicial, en lo concerniente a su instrucción, lo que estará a cargo del Sr. Secretario de dicha dependencia.-.-
2*) Disponer que la tramitación de las causas disciplinarias que tengan como origen cuestiones atinentes a la asistencia del personal judicial, se efectúen en la Secretaría de Superintendencia Institucional, en lo concerniente a su instrucción, lo que en este caso, estará a cargo del Sr. Secretario de la mencionada dependencia.-
3*) La tramitación de las causas a que se refieren el punto 1 y 2 de la presente, se realizará en las reparticiones indicadas hasta la culminación
de la investigación. Los Funcionarios mencionados deberán elevar en forma directa y sin mas tramite las actuaciones a la Corte de Justicia, para la prosecución del trámite a través de la Secretaria de Sumarios, para su correspondiente Resolución. Asimismo toda resolución en la causa deberá dictarse en la Secretaría de Sumarios para lo cual el Sr. Secretario de la Dirección de la Policía Judicial o el Sr. Secretario de Superintendencia Institucional deberán solicitarla en el momento pertinente, con un informe de las razones que lo fundan.-
4*) Para el cumplimiento de lo dispuesto en los puntos 1 y 2, el Secretario de la Dirección de la Policía Judicial y el Secretario de Superintendencia Institucional podrán disponer por decreto las medidas necesarias tendientes a la investigación de la causa, tomar declaraciones testimoniales y comparendos, ordenar el libramiento y diligenciamiento de oficios, realizar notificaciones.-
5*) La tramitación de las causas a que se refiere la presente deberá regirse por lo dispuesto en el Régimen Disciplinario del Poder Judicial y por la Acordada N* 3979.-
6*) La presente Acordada se hará efectiva a partir del día 15 de junio próximo, quedando en la Secretaría de Sumarios aquellas causas que ya hayan comenzado su trámite. Aquellas recepcionadas en dicha Secretaría, pero que no hayan registrado movimiento debido al elevado volumen de causas en trámite, deberán ser transferidas a la oficina respectiva conforme lo dispuesto en este Acordada.-
7*) Protocolícese, Comuníquese y Archívese.-

COMPLEMENTADA POR ACORDADA Nº 4027

Dr. CESAR ERNESTO OVIEDO
PRESIDENTE
CORTE DE JUSTICIA

Dra. AMELIA DEL V.SESTO DE LEIVA Dr. JOSE RICARDO CACERES MINISTRO MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA

MARCELO JOAQUIN PONFERRADA
SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA
CORTE DE JUSTICIA
FirmantesDr. CESAR ERNESTO OVIEDO, Dra. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA, Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES, Sr. MARCELO JOAQUIN PONFERRADA