Ver Acordada 3369 • TURNOS DE DEFENSORIAS PENALES • 07-06-1994
Descripcion | TURNOS DE DEFENSORIAS PENALES |
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Acuerdo | ACORDADA N* 3369 07/06/1994 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 DE JUNIO DE 1994.- VISTO Y CONSIDERANDO: La reciente designación de los Defensores Penales de 1ra y 3ra Nominación y la conveniencia de dictar una resolución que termine la actuación de los mismos de acuerdo a los turnos dispuestos por Resolución Nº 0092 de fecha 30MAR94, tendientes a mejorar la administración de justicia.- Por ello, y lo resuelto en Acuerdo Plenario Nº 243, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1º) Establecer que los Defensores Penales entenderán en todas las causas que por turno corresponda al Juzgado y Fiscalía de igual nominación; debiendo continuar actuando en las mismas en las distintas etapas del proceso, aún cuando haya cesado su turno, como así también en el caso de que la causa, por inhibición, recusación u otra razón, pase a conocimiento de otro Juzgado.------------------------------------------------------------ 2º) Disponer asimiso que en caso de acumulación de causas, entenderá el Defensor que hubiere intervenido en primer término. - - - 3º) Protocolícese, comuníquese y archívese.------ FDO: Dr. Oscar Guillermo Díaz – Presidente- Dres. José Ricardo Cáceres y Dr. Cesar Ernesto Oviedo – Ministros – y Marcelo Joaquín Ponferrada – Secretario de Superintendencia |
Firmantes | DR. OSCAR GUILLERMO DIAZ- PRESIDENTE- DR. CESAR ERNESTO OVIEDO Y DR. JOSE RICARDO CACERES - MINISTRO |