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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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4168 | AUTORIZADOS A REVISAR EXPEDIENTES | ACORDADA N* 4168 15/07/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de julio de 2011.- VISTO: La Acordada Nº 4160, sobre consultas de expedientes judiciales y la nota presentada por el Presidente del Colegio de Abogados, Dr. José Vila Melo, solicitando se revoque la misma, por vulnerar expresas disposiciones constitucionales y afectar el ejercicio profesional. Y CONSIDERANDO: Que atento a lo solicitado, corresponde precisar, que el Colegio de Abogados de la Provincia . . . | ![]() |
4489 | Autorizar a los Magistrados de Primera Instancia a operar en forma directa con el Banco Nación desde el correo oficial de cada Juzgado. | ACORDADA Nº 4489 16NOV2020 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 16 de noviembre de 2020.- VISTO: El diligenciamiento por vía electrónica de los oficios dirigidos al Banco de la Nación Argentina, en el marco de la Resolución Nº 6631 mediante la cual la Corte de Justicia gestiona ante el Banco de la Nación Argentina Suc. Catamarca la habilitación del sistema informático para el pago de las libranzas judiciales, y la Acordada N° 4462 que adhiere en su Punto II) al Sistema de Diligenciamiento de Oficios Electrónicos perteneciente al Banco de la Nación Argentina Sucursal . . . | ![]() |
4454 | BAJA DE LISTA DE VECINOS JUZGADO DE PAZ BAÑADO DE OVANTA | ACORDADA Nº 445429 18JUN2020 San Fernando del Valle de Catamarca, 18 de Junio de 2020.VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación efectuada por el Sr. Ariel Guillermo Gomez- Juez del Juzgado de Paz de la Localidad de Bañado de Ovanta-Departamento Santa Rosa- mediante la cual propone candidatos para la integración de la lista de vecinos del respectivo juzgado y la necesidad de realizar modificaciones en la conformación de los mismos, a los fines de cubrir el cargo de juez de paz, en caso de ausencia de su titular. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE . . . | ![]() |
4312 | CAMBIOS EN LA CONFECCION DE ESCRITOS JUDICIALES | ACORDADA N* 4312 02FEB2015 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 02 de Febrero de 2015 VISTO: La conveniencia de modificar las pautas establecidas en Acordada Nº 3370/94, en virtud de la necesidad de instrumentar medidas que modifiquen el papel de hoja utilizado en la actualidad para los escritos judiciales, pretendiendo promover con dicha medida una significativa contribución con la política ambiental imperante y en la erogación económica que se destina en la adquisición de dicho insumo. Y CONSIDERANDO: Que la medida necesaria a realizar, es consecuente . . . | ![]() |
4730 | CIF interior | San Fernando del Valle de Catamarca, 17 de diciembre de 2024 VISTO: La solicitud efectuada por los profesionales que integran el Cuerpo Interdisciplinario Forense de las circunscripciones judiciales del interior, en relación a la delimitación de funciones específicas de los Dptos. de Trabajo Social y Psicología. Y CONSIDERANDO: Que resulta necesario dar respuesta al requerimiento efectuado por los profesionales que integran el Cuerpo Interdisciplinario Forense de las circunscripciones judiciales del interior, para mejorar con ello la comunicación y el desenvolvimiento del servicio de . . . | ![]() |
4724 | COMISIÓN INCINERACIÓN 2025 | San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de diciembre de 2024 VISTO : Las previsiones el Art. 3º de la Ley Nº 2725 en la cual se prevé la Comisión que dispondrá la incineración de expedientes o su conservación para el periodo 2025. Y CONSIDERANDO: Lo resuelto en Acuerdo Plenario Extraordinario Nº 1342 punto 2 y en ejercicio de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1°) Designar para el periodo 2025 como integrantes de la Comisión de incineración de expedientes o su conservación a la Sra. Jueza Comercial y de Ejecución, . . . | ![]() |
4428 | COMISION INCINERACION DE EXPEDIENTES PERIODO 2020 | ACORDADA Nº 4428 13DIC2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de Diciembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Las previsiones del Art. 3º de la Ley 2725, en el cuál se prevé la Comisión que dispondrá la incineración de expedientes o su conservación para el periodo 2020 y lo resuelto en Acuerdo Plenario Nº 1143, por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Designar para el periodo 2020 a la Sra. Juez de Iª Instancia en lo Civil, Dra. Cristina ROJAS y al Sr. Juez de Control de Garantías de IVª Nominación, Dr. Marcelo . . . | ![]() |
4429 | COMISION TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO PARA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS | ACORDADA Nº 4429 13DIC2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de Diciembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: La previsión del Art. 3 de la Ley 4247 (Enjuiciamiento de Magistrados) que establece la obligación de la Corte de Justicia, de designar en el mes de Diciembre de cada año, Fiscal y Defensor para que actúen ante el Tribunal de Enjuiciamiento y lo resuelto en Acuerdo Plenario Nº 1143, por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Designar para el periodo 2020, como Fiscal para que actúe ante el Tribunal . . . | ![]() |
4186 | COMPLEMENTA LA ACORDADA Nº 4030-FIJAR UN ARANCEL DEL 50% DEL COSTO DE UNA LEGALIZACIÓN DE FIRMA QUE REALIZE EL COLEGIO DE ESCRIBANOS | ACORDADA N* 4186 07/11/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 07 de noviembre de 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Acordada Nº 4030 del 02 de julio de 2007 se dispuso que producida la apertura de un juicio sucesorio y antes del dictado del auto que ordene la misma, los jueces deberan solicitar un informe al registro de actos de ultima voluntad, que se encuentra a cargo del Colegio de Escribanos de la Provincia, a fin de comprobar la existencia de instrumentos inscriptos en el mismo a nombre del causante, y que dicha . . . | ![]() |
4062 | COMUNICACION DE LA PERDIDA DE JURISDICCION ANTE LA CORTE DE JUSTICIA | San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Abril de 2.008.- VISTOS: La constante preocupación que tiene esta Corte en asegurar una eficiente prestación del servicio de justicia, Y CONSIDERANDO: La necesidad de tomar acabado conocimiento de los pedidos de perdida de jurisdicción peticionados por los letrados del fuero local por ante los de Juzgados de Primera Instancia y Cámaras de Apelación de este Poder Judicial. Y que esta Corte es la autoridad competente para recepcionar las petición . . . | ![]() |
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