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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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4453 | SOLICITUD DE LICENCIAS HASTA 30 DIAS DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS CON ACUERDO DEL SENADO Y JUSTIFICACION DE INASISTENCIAS | ACORDADA Nº 4453 18JUN2020 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 18 de Junio de 2020.- VISTO: Las facultades de Presidencia de la Corte de Justicia dispuestas por Ley Orgánica Nº 2337/70 en el marco de la Acordada Nº 3979/06 otorgamiento de licencias ordinarias, extraordinarias, y justificación de inasistencias laborales. Y CONSIDERANDO: I) Que, mediante Acuerdo Plenario Nº 773/09 y, Nº 993, la Corte de Justicia autorizó al Secretario de Superintendencia de Personal a cargo el análisis y otorgamiento, de licencias de hasta treinta (30) días de todo el personal del Poder Judicial; . . . | |
4025 | SANCIONES DISCIPLINARIAS DE LA POLICIA JUDICIAL | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Junio de 2007 VISTO y CONSIDERANDO: En virtud de que se ha ampliado la planta de personal de este Poder y coadyuvado a ello la creación de la Policía Judicial mediante Ley N* 4676, que la ha incrementado más aún. Esta Corte entiende que surge la necesidad de descomprimir a la Secretaría de Sumarios e Inspección de Justicia, la que se encuentra tramitando las causas disciplinarias de todo el personal dependiente de este Poder, a fin de que comiencen a instruirse y hasta concluida la investigación, . . . | |
3996 | SALAS UNIPERSONALES CAMARAS PENALES MODIFICADA POR ACORDADA Nº 4082 | ACORDADA N* 3996 21/11/2006 “Año de Fray Mamerto Esquiú” SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA,21 de Noviembre de 2006. VISTO: La necesidad de brindar mayor eficacia y celeridad al servicio de justicia y de optimizar la racionalización de los recursos respecto al tratamiento de ciertas impugnaciones planteadas ante la Cámara de Apelación en lo Penal y de Exhortos; Y CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Apelación Penal actúa como Tribunal de Alzada respecto de los recursos de apelación que se deduzcan contra . . . | |
4643 | Sala Penal de Doble Conforme | San Femando del Valle de Catamarca, 22 de noviembre de 2023 VISTO: La Acordada Nº 4594/22 y la garantía de doble instancia que le asiste a todo/a acusado/a en un proceso penal. Y CONSIDERANDO: El artículo 8°, párrafo 2°, inciso h, de la Convención Americana de Derechos Humanos dispone que toda persona inculpada de delito tiene derecho "de recurrir el fallo ante juez o tribunal superior". Por su parte, el artículo 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece: "Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio . . . | |
4299 | REORGANIZACION DE FISCALIAS DE INSTRUCCION | ACORDADA N* 4299 05NOVT2014 San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Noviembre de 2014 VISTO: La actual organización de las Fiscalías de Investigación Penal de la Iº Circunscripción Judicial, y la necesidad de adecuar sus competencias a la problemática actual generando de esta forma un mejor servicio de justicia y, CONSIDERANDO: Que resulta oportuno reorganizar las Fiscalías Penales en cuanto a sus turnos y competencias en miras a mejorar la producción laboral en la tramitación de causas y propender a un mejor servicio de justicia. Que en el marco de generar eficacia . . . | |
4390 | REGLAS DE HEREDIA | ACORDADA Nº 4390 06JUL2018 REGLAS DE HEREDIA Finalidad: Regla 1. La finalidad de la difusión en Internet de las sentencias y resoluciones judiciales será: (a) El conocimiento de la información jurisprudencial y la garantía de igualdad ante la ley; (b) Para procurar alcanzar la transparencia de la administración de justicia. Regla 2. La finalidad de la difusión en Internet de la información procesal será garantizar el inmediato acceso de las partes o quienes tengan un interés legítimo en la causa, a sus movimientos, citaciones o notificaciones. Derecho de oposición del . . . | |
4203 | REGLAMENTO POLICIA JUDICIAL | ACORDADA N* 4203 05/03/2012 "2012-Año del Bicentenario de la Bandera Argentina" SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 05 de Marzo de 2012.- VISTO: La creación de la Policía Judicial por ley 4676, la reglamentación efectuada por Ley 4962 y su modificatoria –Ley 5042- y resultando necesario en consecuencia, dictar el reglamento atinente a las funciones del personal que integra la misma, Y CONSIDERANDO: La necesidad de adecuar la reglamentación vigente a las actuales necesidades operativas y funcionales de la Policía Judicial, y otorgar . . . | |
4070 | REGLAMENTO PARA LA INTERPOSICION DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACION | San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de julio de 2008.- VISTO: El proyecto de Reglamento para la presentación de los Recursos de Casación y Queja, y CONSIDERANDO: Que el reglamento presentado, tiene por objeto agilizar la tarea del Tribunal en el control del cumplimiento con los requisitos formales exigidos por la ley, como así también brindar a los letrados del fuero un instrumento de guía para la debida presentación de los recursos.- Que habiendo sido el mencionado proyecto analizado por . . . | |
3651 | REGLAMENTO OFICINA DE NOTIFICACIONES | MODIFICADA POR ACORDADA Nº 3693 ACORDADA Nº 3651 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Octubre de 1998. VISTO Y CONSIDERANDO: El Proyecto de Reglamentación para la Oficina de Mandamientos y Notificaciones del Poder Judicial de Catamarca y lo resuelto en Acuerdo Plenario N* 395 del día de la fecha, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1*) Aprobar el Reglamento para la Oficina de Mandamientos y Notificaciones del Poder Judicial de Catamarca que entrará a regir a partir del primero de Noviembre de 1998.- 2*) Establecer el arancel . . . | |
3900 | REGLAMENTO DE OFICIALES NOTIFICADORES | ACORDADA N* 3900 29/11/2004 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 29 de Noviembre de 2.004.- VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de brindar uniformidad, eficacia y celeridad en el trámite del diligenciamiento de cédulas de notificación en miras de una mejor administración de justicia, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: ART.1: Créase el Reglamento de Oficiales Notificadores del Poder Judicial de la Provincia de Catamarca.- ART.2: Los Oficiales notificadores, son funcionarios públicos, . . . |
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