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| Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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| 3926 | SUSPENSION DE LA ATENCION AL PUBLICO Y PLAZOS PROCESALES EN LOS JUZGADOS LABORALES | SAN FDO.DEL VALLE DE CATAMARCA,31 de Mayo de 2005.- VISTO y CONSIDERANDO: Que con motivo del traslado de domicilio de los Juzgados Laborales a calle Maipú N* 225, este Tribunal estima conveniente suspender la atención al público a fin de facilitar con las tareas propias, por ello y en uso de las facultades conferidas, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1*) Suspender la atención al público y los plazos procesales en los Juzgados Laborales de acuerdo al siguiente cronograma: Jueves 02 y Viernes 03 de Junio, para el Juzgado Laboral de Tercera Nominación; . . . | ![]() |
| 3924 | LISTA DE VECINOS JUZGADO DE PAZ DE LA PUERTA 2005 | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 05 de Mayo de 2005.- VISTO Y CONSIDERANDO: Nota de la Sra. Juez de Paz de La Puerta, Departamento Ambato, remitiendo nueva nomina de vecinos para desempeñarse como Jueces Subrogante en el Juzgado a su cargo. Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario N* 639, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA 1*) Dar de baja en la lista de vecinos de la Puerta Departamento Ambato, a José Daniel López, DNI N* 27.532.284.- 2*) Designar para conformar la lista de vecinos . . . | ![]() |
| 3923 | ADICIONAL POR TAREA JURIDICA: BONIFICABLE Y NO REMUNERATIVO | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 03 de Mayo de 2005 VISTO y CONSIDERANDO: La creación por Acordada N* 3922 del Adicional de Tarea Judicial para todos los Empleados de este Poder del Estado. Que dicha decisión requiere la determinación del carácter de tal adicional a los fines de su concreta liquidación a los agentes beneficiarios.- Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA ACUERDA . . . | ![]() |
| 3922 | CREACION DEL ADICIONAL DE TAREA JURIDICA | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 29 de Abril de 2005 VISTO y CONSIDERANDO: El adicional extraordinario de emergencia establecido por el Dcto. Acuerdo N* 2406/92 que alcanzaba a los tres Poderes de Estado y cuyo monto era abonado con titulos de la deuda pública.- Que dicho adicional fue modificado por los otros Poderes del estado y por aplicación de la Ley de Emergencia Económica, estatuto normativo que no alcanza en su vigencia al Poder . . . | ![]() |
| 3921 | LIQUIDACION DE HABERES DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 25 de Abril de 2005 VISTO: El Expte. Corte N* 031/05 caratulado “Dra. Villarroel Maria Alejandra –Fiscal Civil N* 1- en causa Expte “A” N* 38/00 Acción de Amparo formulada por el Dr. Avellaneda Jorge Eduardo y Otros c/Poder Ejecutivo Provincial”. Y CONSIDERANDO: Que a fs 1 de autos la Sra. Juez Subrogante hace conocer a este Tribunal mediante oficio, el contenido de la Sentencia Definitiva N* 01 de fecha 23/MAY/2002, recaída en autos Expte “A” N* 38/00 Acción de Amparo formulada por . . . | ![]() |
| 3918 | SUBROGANCIA DE JUECES POR SUS SECRETARIOS | ACORDADA N* 3918 31/03/2005 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 31 de Marzo de 2005.- VISTO: La necesidad de cubrir las vacancias y ausencias producidas en los juzgados, fiscalías, defensorías y asesorias de menores de primera instancia por recusación, excusación, licencia u otro impedimento de sus titulares, habiéndose agotado el mecanismo de cobertura o reemplazo contemplado por la ley orgánica –art. 24- Y CONSIDERANDO Que tratándose el reemplazo o subrogancia de una clara cuestión de organización judicial, . . . | ![]() |
| 3900 | REGLAMENTO DE OFICIALES NOTIFICADORES | ACORDADA N* 3900 29/11/2004 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 29 de Noviembre de 2.004.- VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de brindar uniformidad, eficacia y celeridad en el trámite del diligenciamiento de cédulas de notificación en miras de una mejor administración de justicia, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: ART.1: Créase el Reglamento de Oficiales Notificadores del Poder Judicial de la Provincia de Catamarca.- ART.2: Los Oficiales notificadores, son funcionarios públicos, . . . | ![]() |
| 3895 | REGLAMENTACIONES DE LOS JUZGADOS DE CONTROLES DE GARANTIAS | ACORDADA N* 3895 22/10/2004 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 de noviembre de 2004.- VISTO Y CONSIDERANDO: La puesta en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, Ley Pcial N* 5097 Dcto N* 838 y la necesidad de reglamentar el funcionamiento de los Juzgados de Control de Garantía de todas las circunscripciones judiciales, por ello LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1*) Establecer la Nominación Primera, que estará a cargo del Dr. Cesar Marcelo Soria, Segunda a cargo de . . . | ![]() |
| 3888 | DESDOBLAMIENTO DE LAS SECRETARIAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS | ACORDADA N* 3888 ..14/.10./.2004.. San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Octubre de 2004.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que en ejercicio de las facultades de Superintendencia acordada a esta Corte de Justicia, por la Constitución Provincial: Arts 206, inc 10 y la ley orgánica del Poder Judicial Art 8 inc. 2 y 57 y el cúmulo de causas que se tramitan por ante la actual Secretaría en lo Contencioso Administrativo y de Casación en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minas, y a fin de atender a los principios de celeridad, eficiencia y descentralización previstos . . . | ![]() |
| 3882 | FACULTADES DE SUPERINTENDENCIA EN LA POLICIA JUDICIAL | ACORDADA N* 3882 ..22/.09./.2004.. San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de Septiembre de 2004.- VISTO Y CONSIDERANDO: La conveniencia de que la Policía Judicial, creada mediante Ley N* 4676, cuente con una determinada unidad de actuación a fin de optimizar el funcionamiento de la misma, torna necesario transferir las actuales facultades delegadas por esta Corte al Sr. Presidente de la Corte de Justicia. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1*) Transferir las facultades delegadas por . . . | ![]() |
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