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3784DETERMINAR QUE EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS FUNCIONES EN EL ARCHIVOACORDADA N* 3784 27/04/2002 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 29 DE ABRIL DE 2002.- VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio remitido por el Sr. Juez de Primera Instancia y Primera Nominación, Dr. Jorge E. Avellaneda, a fin de que se inscriba en el Registro de Deudores Alimentarios al Sr. Rubén Roberto Dusso, L.E. 7.841. 110. Por ello y ante las prescripciones del Art. 1 de la Ley 5062 de creación del Registro de Deudores Alimentarios, este Tribunal estima pertinente que el mismo funcione en el ámbito del Archivo de . . .Ver
3370El avance tecnológico respecto a la utilización de computadoras personalesACORDADA N* 3370 07/06/1994 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Junio de 1994 VISTO: El avance tecnológico respecto a la utilización de computadoras personales y otros medios electrónicos que permiten la confección de los distintos escritos judiciales, Y CONSIDERANDO: La necesidad de adecuar las normas vigentes, respecto de la utilización de los mismos para la presentación de los Escritos, Dictámenes y Resoluciones Judiciales, Por ello LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1*) Deberá utilizarse para la confección de los distintos escritos judiciales . . .Ver
4094CREACION DEFENSORIA PENAL Nº 5ACORDADA N* 4094 26/02/2009 San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de febrero de 2009.- VISTO Y CONSIDERANDO: La creación y puesta en funcionamiento de la Defensoría Penal N° 5, y la necesidad de reglamentar los turnos de las cinco Defensorías para un mejor desenvolvimiento del servicio, modificando el apartado 1°) de la Resolución N° 92/94. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A: 1º) . . .Ver
4029REGISTRO DE AUTOMOTORES SECUESTRADOSACORDADA N* 4029 28/06/2007 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 28 de Junio de 2007.- VISTO: El régimen de entrega en depósito de automotores secuestrados en causas penales (Art. 222 y 226 C.P.P., Ley Nº 5097), resulta indispensable la necesidad reglamentar y de establecer un sistema de individualización, registro y publicidad que avale tal procedimiento; todo ello en consonancia con lo dispuesto mediante Resolución Nº 1102 (14/02/2001), Acordada Nº 3858 (20/02/2004) y Resolución Nº 2211 (07/12/2005). Y CONSIDERANDO: . . .Ver
4000IMPLEMENTACION DE PROGRAMA PILOTO DE MEDIACIONACORDADA N* 4000 13/12/2006 SAN FDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de Diciembre de 2006.- VISTO y CONSIDERANDO: La necesidad de producir modificaciones en la Acordada N* 3964, conforme al informe elevado por la Directora de Mediación y que este Tribunal comparte y hace propios, por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario N* 696, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A Introducir Reformas en la Acordada N* 3964, la que quedará redactada de la siguiente manera: Art. 1º) DECLARAR . . .Ver
3996SALAS UNIPERSONALES CAMARAS PENALES MODIFICADA POR ACORDADA Nº 4082ACORDADA N* 3996 21/11/2006 “Año de Fray Mamerto Esquiú” SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA,21 de Noviembre de 2006. VISTO: La necesidad de brindar mayor eficacia y celeridad al servicio de justicia y de optimizar la racionalización de los recursos respecto al tratamiento de ciertas impugnaciones planteadas ante la Cámara de Apelación en lo Penal y de Exhortos; Y CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Apelación Penal actúa como Tribunal de Alzada respecto de los recursos de apelación que se deduzcan contra . . .Ver
3989SUBROGACION MIEMBROS DE CAMARAS PENALESACORDADA N* 3989 07/11/2006 “Año de Fray Mamerto Esquiú” SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Noviembre de 2006.- VISTOS: Las prescripciones del art. 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial – 2337; y CONSIDERANDO: Que el mencionado articulo determina la subrogación de los miembros de las Cámaras en lo Criminal.- Que el mismo ha adoptado como sistema de subrogación el llamado vertical, en donde prioriza la especialización de los Jueces a los . . .Ver
3979REGIMEN DE LICENCIAS DEL PODER JUDICIALACORDADA N* 3979 14/07/2006 “Año de Fray Mamerto Esquiú” SAN FDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 14 de Julio de 2.006.- VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de reglamentar y actualizar el régimen de licencias, conforme a las exigencias de la Administración de Justicia, Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A Establecer el siguiente régimen de licencias, horarios y permisos CAPITULO I: Art. 1: Beneficiarios: Establécese . . .Ver
3973REGLAMENTO DE BECAS - PASANTIAS DE ESTUDIANTES DE ABOGACIAACORDADA N* 3973 15/06/2006 MODIFICA A ACOR 3710 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 15 de Junio de 2.006.- VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de actualizar el Reglamento del Sistema de Becas existente, conforme a las exigencias de la Administración de Justicia, Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A Instituir el siguiente Reglamento de Becas para Estudiantes de Abogacía, que ingresen como Becarios a este Poder Judicial estableciendo condiciones de ingreso y régimen . . .Ver
3964IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA PILOTO DE MEDIACIONACORDADA N* 3964 20/03/2006 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 20 de marzo de 2006.- VISTO: La sanción de la ley de la Nación Nº24.573 de “Mediación y Conciliación”, su Decreto Reglamentario Nº9l/98, las distintas iniciativas de implementación de la Mediación como método no adversarial de resolución de conflictos, que fueron puestas en práctica por los Superiores Tribunales de Justicia de diferentes Provincias de nuestro país, entre ellas las de Chaco (Resoluciones 237 y 431 del l6/4/96, Jujuy (Acordada del 20/5/96),Córdoba (Acuerdo Reglamentario . . .Ver