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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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4431 | ASUETO 24 Y 31 DE DICIEMBRE | ACORDADA Nº 4431 17DIC2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 17 de diciembre de 2019 VISTO: La proximidad de las Fiestas de Fin de Año; Y CONSIDERANDO: Que a fin de posibilitar una adecuada celebración de Navidad y el advenimiento del Nuevo Año, que tradicionalmente reúne y acrecienta los lazos familiares, por ello y en uso de las facultades que le confiere la ley, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Decretar asueto administrativo con suspensión de términos para los días 24 y 31 de diciembre del corriente año, para . . . | |
1221 | ARMADO DE EXPEDIENTES | ACORDADA Nº 1221 En la ciudad de Catamarca a veintidós días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres reunidos en Acuerdo los Sres. Ministros de la Excma. Corte de Justicia Dres. Juana C. Vacaroni de Soria, Pedro J. Gómez Acuña, Eduardo Pinetta, y con la presencia del Sr. Fiscal General Dr. Gustavo A. Oviedo CONSIDERARON. ACORADARON: Art.1º.- Desde el 1º de enero de 1964, cada año la numeración de los expedientes de la Corte de Justicia y demás Tribunales y Juzgados inferiores, . . . | |
4716 | Aprueba Reglamento General de Expediente Digital para fuero Penal - Anexo Reglamento General de Expediente Digital | San Fernando del Valle De Catamarca, 13 de noviembre de 2024 VISTO: Las facultades otorgadas a esta Corte de Justicia por el artículo 3° de la ley n° 5658 de Digitalización Integral de la Justicia. CONSIDERANDO: Que, la ley n° 5658 dispuso la implementación gradual y progresiva de un sistema de digitalización de expedientes judiciales y de herramientas de notificaciones electrónicas. Que, este proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia, que esta Corte de Justicia viene desarrollando desde la sanción de la Ley 5658, se procedió a regular distintos . . . | |
4315 | Aprobar el Protocolo de Actuación para los Juzgados de Paz en casos de Violencia Familiar | ACORDADA N* 4315 08JUN2015 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 08 de Junio de 2015 VISTO: El incremento de los casos de violencia familiar y menores en riesgo, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario dar intervención a la Justicia de Paz con el fin de proteger a las víctimas y dar respuestas rápidas y eficaces ante situaciones de violencia familiar o casos de menores en riesgo. Que para ello debe formularse una guía de buenas prácticas para el abordaje de estos temas por parte de los jueces de paz, con el fin de promover el acceso a la justicia y así evitar situaciones de desamparo. Que . . . | |
4511 | Aprobar el Nuevo Régimen Disciplinario del Poder Judicial | ACORDADA Nº 4511 26FEB2021 San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de febrero de 2021.- VISTO: La presentación efectuada por el Sr. Secretario de Sumarios de la Corte de Justica mediante la cual remite Proyecto de modificación del Régimen Disciplinario del Poder Judicial. Y CONSIDERANDO: La necesidad de efectuar modificaciones en el Régimen vigente en materia disciplinaria dispuesto por Acordada Nº 3393/94 debido a la nueva estructura del Poder Judicial, el creciente aumento de tramitación sumarios en los últimos años, la necesidad de actualizar sus disposiciones a los estándares . . . | |
4445 | APORTE SOLIDARIO PODER JUDICIAL COVID-19 | RESOLUCION Nº 4445 06ABR2020 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 06 DE ABRIL 2020.- VISTO Y CONSIDERANDO: La situación de emergencia sanitaria a causa de la pandemia del Coronavirus (COVID-19) por la que atraviesa nuestro país y en particular nuestra provincia, resulta necesario arbitrar los medios para que los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, puedan realizar aportes solidarios de sus haberes mensuales, mediante transferencias electrónicas, con destino al Ministerio de Salud de la Provincia de Catamarca.- El aporte a realizarse, es de carácter voluntario, a . . . | |
4545 | AMPLIACIÓN DE LO DISPUESTO EN ACORDADA Nº 4543- Especificaciones de Grupos de Riesgo | ACORDADA Nº 4545 04AGO2021 VISTO La Acordada Nº 4543 que dispone ampliar a actividad presencial de cada dependencia judicial, y convocar al personal considerado como grupo de riesgo a reintegrarse a las tareas presenciales, una vez completado el esquema completo de vacunación en su totalidad. Y CONSIDERANDO: La necesidad de precisar que deberá entenderse por grupo de riesgo y cuáles serán los grupos especificados que podrán exceptuarse de la presencialidad, previa acreditación del Departamento de Medicina Laboral, en consonancia con lo dispuesto por el Decreto S.- Seg Nº 1439 . . . | |
4066 | AMPLIACION DE LA CAUSISTICA FACTIBLE DE INGRESAR AL SERVICIO DE MEDIACION | ACORDADA N* 4066 09/06/2008 San Fernando del Valle de Catamarca, 09 Junio de 2008.- VISTO y CONSIDERANDO: La necesidad de producir modificaciones en la Acordada N*4000, conforme al informe elevado por la Directora del Centro de Mediación, con respecto a: 1) la ampliación del Servicio de mediación a los casos prejudiciales en que concurran las partes con sus abogados a solicitarlo ante el Centro de Mediación Judicial, y b) la obligatoriedad de efectuar el trámite de solicitud de mediación, como instancia administrativa previa ante . . . | |
4695 | Afectación incluir en feria a Dr. Laureano Palacios y Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta | San Fernando del Valle de Catamarca, 08 de julio de 2024 VISTO: La presentación efectuada por el Sr. Procurador General Subrogante, Dr. Alejandro Agustín Gober. Y CONSIDERANDO: Eleva nota del Sr. Fiscal de Instrucción de 2ª Nominación, Dr. Laureano Palacios, en la cual solicita su afectación y la del Sr. Secretario, Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta, de manera extraordinaria a la feria judicial de julio/24 por el plazo de 5 días. Dicha petición se origina en la necesidad de continuar con la investigación de las actuaciones identificadas mediante letra “D” Nº595/2024 . . . | |
3923 | ADICIONAL POR TAREA JURIDICA: BONIFICABLE Y NO REMUNERATIVO | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 03 de Mayo de 2005 VISTO y CONSIDERANDO: La creación por Acordada N* 3922 del Adicional de Tarea Judicial para todos los Empleados de este Poder del Estado. Que dicha decisión requiere la determinación del carácter de tal adicional a los fines de su concreta liquidación a los agentes beneficiarios.- Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA ACUERDA . . . |
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