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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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4376 | ASUETO ADMINISTRATIVO CON SUSPENSION DE TERMINOS PARA EL DIA 02 DE NOVIEMBRE - DIA DE LOS FIELES DIFUNTOS- DE 2017 | ACORDADA Nº 4376 31OCT2017 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 31 de Octubre de 2017 VISTO y CONSIDERANDO: Que el próximo día 02 de Noviembre del corriente año se conmemora el Día de los Fieles Difuntos y que tal conmemoración consiste tradicionalmente en Ceremonias Religiosas y Visitas a la Necrópolis .- Que por tal motivo y a fin de facilitar la concurrencia de la familia judicial a tales actos y la invitación cursada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto O.P. Nº 1241, por ello LA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA ACUERDA . . . | |
4350 | ASUETO ADMINISTRATIVO CON SUSPENSION DE TERMINOS PARA EL DIA 02 DE NOVIEMBRE - DIA DE LOS FIELES DIFUNTOS- DE 2016 | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 26 de Octubre de 2016 VISTO y CONSIDERANDO: Que el próximo día 02 de Noviembre del corriente año se conmemora el Día de los Fieles Difuntos y que tal conmemoración consiste tradicionalmente en Ceremonias Religiosas y Visitas a la Necrópolis .- Que por tal motivo y a fin de facilitar la concurrencia de la familia judicial a tales actos, LA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA ACUERDA 1º) Decretar Asueto Administrativo para el día . . . | |
4691 | Asueto administrativo 24 de junio de 2024 con suspensión de términos | San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de junio de 2024 VISTO: El Asueto Administrativo dispuesto por los Municipios de San Fernando del Valle de Catamarca y Tinogasta mediante Decretos Nº 817/24 y 068/24 respectivamente. Y CONSIDERANDO: El 24 de Junio de cada año se conmemora el “Natalicio de San Juan Bautista”, Patrono de esta ciudad Capital y de la ciudad de Tinogasta. Que en los decretos mencionados, invitan a este Poder Judicial a adherir al mismo. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: . . . | |
4461 | ASUETO ADMINISTRATIVO 14 DE AGOSTO PARA LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL-TINOGASTA | ACORDADA Nº 4461 11AGO2020 San Fernando del Valle de Catamarca, VISTO Y CONSIDERANDO: El Decreto M.T Nº 071/2020 emitido por el Sr. Intendente de la Municipalidad de Tinogasta, mediante el cual declara Asueto Administrativo Municipal en razón de conmemorarse el 307º Aniversario de la “Fundación de Tinogasta” e invita a los demás organismos con sede en esa ciudad y a la comunidad en general, a los fines de la participación en los actos conmemorativos, respetando las medidas y protocolos de prevención contra el COVID-19. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA . . . | |
4431 | ASUETO 24 Y 31 DE DICIEMBRE | ACORDADA Nº 4431 17DIC2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 17 de diciembre de 2019 VISTO: La proximidad de las Fiestas de Fin de Año; Y CONSIDERANDO: Que a fin de posibilitar una adecuada celebración de Navidad y el advenimiento del Nuevo Año, que tradicionalmente reúne y acrecienta los lazos familiares, por ello y en uso de las facultades que le confiere la ley, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Decretar asueto administrativo con suspensión de términos para los días 24 y 31 de diciembre del corriente año, para . . . | |
1221 | ARMADO DE EXPEDIENTES | ACORDADA Nº 1221 En la ciudad de Catamarca a veintidós días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres reunidos en Acuerdo los Sres. Ministros de la Excma. Corte de Justicia Dres. Juana C. Vacaroni de Soria, Pedro J. Gómez Acuña, Eduardo Pinetta, y con la presencia del Sr. Fiscal General Dr. Gustavo A. Oviedo CONSIDERARON. ACORADARON: Art.1º.- Desde el 1º de enero de 1964, cada año la numeración de los expedientes de la Corte de Justicia y demás Tribunales y Juzgados inferiores, . . . | |
4315 | Aprobar el Protocolo de Actuación para los Juzgados de Paz en casos de Violencia Familiar | ACORDADA N* 4315 08JUN2015 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 08 de Junio de 2015 VISTO: El incremento de los casos de violencia familiar y menores en riesgo, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario dar intervención a la Justicia de Paz con el fin de proteger a las víctimas y dar respuestas rápidas y eficaces ante situaciones de violencia familiar o casos de menores en riesgo. Que para ello debe formularse una guía de buenas prácticas para el abordaje de estos temas por parte de los jueces de paz, con el fin de promover el acceso a la justicia y así evitar situaciones de desamparo. Que . . . | |
4511 | Aprobar el Nuevo Régimen Disciplinario del Poder Judicial | ACORDADA Nº 4511 26FEB2021 San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de febrero de 2021.- VISTO: La presentación efectuada por el Sr. Secretario de Sumarios de la Corte de Justica mediante la cual remite Proyecto de modificación del Régimen Disciplinario del Poder Judicial. Y CONSIDERANDO: La necesidad de efectuar modificaciones en el Régimen vigente en materia disciplinaria dispuesto por Acordada Nº 3393/94 debido a la nueva estructura del Poder Judicial, el creciente aumento de tramitación sumarios en los últimos años, la necesidad de actualizar sus disposiciones a los estándares . . . | |
4445 | APORTE SOLIDARIO PODER JUDICIAL COVID-19 | RESOLUCION Nº 4445 06ABR2020 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 06 DE ABRIL 2020.- VISTO Y CONSIDERANDO: La situación de emergencia sanitaria a causa de la pandemia del Coronavirus (COVID-19) por la que atraviesa nuestro país y en particular nuestra provincia, resulta necesario arbitrar los medios para que los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, puedan realizar aportes solidarios de sus haberes mensuales, mediante transferencias electrónicas, con destino al Ministerio de Salud de la Provincia de Catamarca.- El aporte a realizarse, es de carácter voluntario, a . . . | |
4545 | AMPLIACIÓN DE LO DISPUESTO EN ACORDADA Nº 4543- Especificaciones de Grupos de Riesgo | ACORDADA Nº 4545 04AGO2021 VISTO La Acordada Nº 4543 que dispone ampliar a actividad presencial de cada dependencia judicial, y convocar al personal considerado como grupo de riesgo a reintegrarse a las tareas presenciales, una vez completado el esquema completo de vacunación en su totalidad. Y CONSIDERANDO: La necesidad de precisar que deberá entenderse por grupo de riesgo y cuáles serán los grupos especificados que podrán exceptuarse de la presencialidad, previa acreditación del Departamento de Medicina Laboral, en consonancia con lo dispuesto por el Decreto S.- Seg Nº 1439 . . . |
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