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4461ASUETO ADMINISTRATIVO 14 DE AGOSTO PARA LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL-TINOGASTAACORDADA Nº 4461 11AGO2020 San Fernando del Valle de Catamarca, VISTO Y CONSIDERANDO: El Decreto M.T Nº 071/2020 emitido por el Sr. Intendente de la Municipalidad de Tinogasta, mediante el cual declara Asueto Administrativo Municipal en razón de conmemorarse el 307º Aniversario de la “Fundación de Tinogasta” e invita a los demás organismos con sede en esa ciudad y a la comunidad en general, a los fines de la participación en los actos conmemorativos, respetando las medidas y protocolos de prevención contra el COVID-19. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA . . .Ver
3548Todas las causas que por ejercicio de la acción de amparo se inicien en esta Primera Circunscripción Judicial, deberán ser presentadas por ante Mesa de Entradas UnicaACORDADA Nº 3548 19-06-96 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 19 de Junio de 1996.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que de la experiencia recogida desde la sanción y promulgación de la Ley 4642, parece conveniente introducir modificaciones en el modo de distribuir las causas que por ejercicio de la Acción de Amparo, se inicien en los distintos Juzgados de Primera Instancia de esta Primera Circunscripción Judicial, a fin de lograr una mas equitativa distribución del trabajo que redundará, en definitiva, en mejorar la administración de justicia. Que por lo expresado precedentemente, cuando . . .Ver
4096EXTENSION DE LA COMPETENCIA DE LOS JUECES DE FAMILIA A SITUACIONES DE VIOLENCIA FAMILIARACORDADA N*4096 30/03/2009 San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de marzo de 2009.- VISTO: El pedido formulado por el Sr. Procurador General, solicitando extensión de los turnos de los Juzgados de Familia a los fines de semana, a efectos de recepcionar denuncias por violencia familiar, y lo resuelto en Acuerdo Plenario N° 755 de fecha 03/09/08. Y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5082 se crearon los Juzgados de Familia, asignándoles en el art. 7° inc. u) competencia exclusiva en todas las cuestiones que se susciten, relativas a la violencia familiar estatuida por Ley Provincial N° . . .Ver
4090LICENCIA PARA EMPLEADOS CON ANTIGUEDAD MENOR A UN AÑOACORDADA N*4090 30/12/2008 San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Diciembre de 2008.- VISTO: La Acordada Nº 4004 que disponía que los agentes del Poder Judicial gozarán de una licencia ordinaria durante los períodos de las feria judiciales del 100% cuando posean una antigüedad mínima de un año y del 50% cuando superen los seis meses quedando sin descanso remunerado aquellos que cuenten con una antigüedad inferior a los seis meses, y CONSIDERANDO: Que es necesario rever la situación de aquellos empleados que no llegan a totalizar . . .Ver
4201INCORPORAR A LAS FISCALIAS DE CAMARA CIVILES AL SISTEMA DE SORTEO DE CAUSAS POR MESA DE ENTRADAS UNICAACORDADA N* 4201 01 /02/2012 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 01 de Febrero de 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que con la experiencia recogida desde la puesta en funcionamiento de la Mesa de Entradas Única, es conveniente incorporar a las Fiscalía de Cámara Civiles al sistema por sorteo de causas establecido oportunamente. Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº 865, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Incorporar a las Fiscalías de Cámaras Civiles, dentro del sistema por sorteo de la Mesa de Entradas Única, estableciéndose el siguiente modo: a) . . .Ver
4188DISPOSICIONES JUZGADO DE EJECUCION FISCALACORDADA N* 4188 23/11/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de noviembre de 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: La puesta en funcionamiento del Juzgado de Ejecución Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial, a partir del Juramento de la Dra. Marcia Alicia Lozada Figueroa el día 17/11/11 como titular del mismo, el que tendrá competencia exclusiva en la totalidad de las ejecuciones fiscales a iniciarse en la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca. Tornándose indispensable determinar a los fines de . . .Ver
4186COMPLEMENTA LA ACORDADA Nº 4030-FIJAR UN ARANCEL DEL 50% DEL COSTO DE UNA LEGALIZACIÓN DE FIRMA QUE REALIZE EL COLEGIO DE ESCRIBANOSACORDADA N* 4186 07/11/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 07 de noviembre de 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Acordada Nº 4030 del 02 de julio de 2007 se dispuso que producida la apertura de un juicio sucesorio y antes del dictado del auto que ordene la misma, los jueces deberan solicitar un informe al registro de actos de ultima voluntad, que se encuentra a cargo del Colegio de Escribanos de la Provincia, a fin de comprobar la existencia de instrumentos inscriptos en el mismo a nombre del causante, y que dicha . . .Ver
4182PUESTA EN FUNCIONAMIENTO JUZGADO LABORAL 4 E INGRESO ACCION DE AMPAROSACORDADA N* 4182 30/09/2011 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 30 de Septiembre de 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que atento a la puesta en funcionamiento del Juzgado Laboral de Cuarta Nominación, resulta necesario regular el régimen de distribución de causas en virtud de la gran cantidad de expedientes que ingresan en esta primera Circunscripción Judicial. Por ello y a los fines de lograr una equilibrada distribución de causas en aras de alcanzar un mejor servicio de justicia, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A . . .Ver
4160REGLAMENTACION SOBRE QUIENES PODRAN EXAMINAR LOS EXPEDIENTES JUDICIALESACORDADA N* 4160 04/05/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Mayo de 2011.- VISTO: La Acordada Nº 2013/78, sobre actuación de los particulares en los juicios y consulta de expedientes en las distintas dependencias del Poder Judicial. Y CONSIDERANDO: Lo solicitado a esta Corte de Justicia a los fines que se adopten medidas para que los distintos Juzgados del Fuero Provincial, interpreten uniformemente la Acordada Nº 2013/78, debido a los diferentes criterios imperantes que dificultan el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores. Que la Acordada . . .Ver
3369TURNOS DE DEFENSORIAS PENALESACORDADA N* 3369 07/06/1994 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 DE JUNIO DE 1994.- VISTO Y CONSIDERANDO: La reciente designación de los Defensores Penales de 1ra y 3ra Nominación y la conveniencia de dictar una resolución que termine la actuación de los mismos de acuerdo a los turnos dispuestos por Resolución Nº 0092 de fecha 30MAR94, tendientes a mejorar la administración de justicia.- Por ello, y lo resuelto en Acuerdo Plenario Nº 243, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1º) Establecer que los Defensores Penales entenderán en todas las causas que por . . .Ver