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4465DRA VILMA MOLINA PRESIDENTE DR CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO DR JOSE RICARDO CACERES Y DR LUIS RAUL CIPPITELLI MINISTROS ANTE MI DR SEBASTIAN ANDRES LIPARIACORDADA Nº 4465 14SEP2020 San Fernando del Valle de Catamarca, VISTO: La situación de emergencia sanitaria vinculada con la pandemia del Coronavirus (COVID-19), las recientes medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Municipal en la ciudad de Belén que establece continuar con Fase 1 del “Aislamiento Social Preventivo Obligatorio” (ASPO) en virtud del incremento de casos y el estudio de los contactos estrechos. Y CONSIDERANDO: La necesidad de acompañar las medidas de prevención dispuesta para preservar la salud pública de la Tercera Circunscripción Judicial en todas las dependencias . . .Ver
4464Receso Judicial Extraordinario por razones sanitarias entre los días martes 8 y domingo 13 de septiembre de 2020 inclusive, para todo el ámbito del Poder JudicialACORDADA Nº 4464 07SEP2020 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de septiembre de 2020.- VISTO: La situación epidemiológica provincial y el Decreto Pcial. S. - Seg. Nº 1579 que no incluye entre las actividades autorizadas, el ejercicio de la profesión de abogado, lo que implica la prohibición en todo el territorio provincial de la circulación de los mismos.- CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo Provincial, considerando la detección de nuevos casos, la situación epidemiológica local y regional, como así también la realización de actividades . . .Ver
4463CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA LABORALACORDADA Nº 4463 03SEP2020 VISTO: El funcionamiento de la actual oficina de Reconocimiento Medico y que el mismo ha sido objeto de estudio y análisis de los Ministros y, Y CONSIDERANDO: Que procede una reestructuración de la actual oficina en aras de continuar y perfeccionar en forma permanente la prestación del servicio especializado que se realiza en dicha dependencia para que la misma resulte eficiente y eficaz. Que resulta necesario poner en funcionamiento el nuevo diseño que tendrá, entre sus objetivos, la capacitación . . .Ver
4461ASUETO ADMINISTRATIVO 14 DE AGOSTO PARA LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL-TINOGASTAACORDADA Nº 4461 11AGO2020 San Fernando del Valle de Catamarca, VISTO Y CONSIDERANDO: El Decreto M.T Nº 071/2020 emitido por el Sr. Intendente de la Municipalidad de Tinogasta, mediante el cual declara Asueto Administrativo Municipal en razón de conmemorarse el 307º Aniversario de la “Fundación de Tinogasta” e invita a los demás organismos con sede en esa ciudad y a la comunidad en general, a los fines de la participación en los actos conmemorativos, respetando las medidas y protocolos de prevención contra el COVID-19. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA . . .Ver
3548Todas las causas que por ejercicio de la acción de amparo se inicien en esta Primera Circunscripción Judicial, deberán ser presentadas por ante Mesa de Entradas UnicaACORDADA Nº 3548 19-06-96 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 19 de Junio de 1996.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que de la experiencia recogida desde la sanción y promulgación de la Ley 4642, parece conveniente introducir modificaciones en el modo de distribuir las causas que por ejercicio de la Acción de Amparo, se inicien en los distintos Juzgados de Primera Instancia de esta Primera Circunscripción Judicial, a fin de lograr una mas equitativa distribución del trabajo que redundará, en definitiva, en mejorar la administración de justicia. Que por lo expresado precedentemente, cuando . . .Ver
4096EXTENSION DE LA COMPETENCIA DE LOS JUECES DE FAMILIA A SITUACIONES DE VIOLENCIA FAMILIARACORDADA N*4096 30/03/2009 San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de marzo de 2009.- VISTO: El pedido formulado por el Sr. Procurador General, solicitando extensión de los turnos de los Juzgados de Familia a los fines de semana, a efectos de recepcionar denuncias por violencia familiar, y lo resuelto en Acuerdo Plenario N° 755 de fecha 03/09/08. Y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5082 se crearon los Juzgados de Familia, asignándoles en el art. 7° inc. u) competencia exclusiva en todas las cuestiones que se susciten, relativas a la violencia familiar estatuida por Ley Provincial N° . . .Ver
4090LICENCIA PARA EMPLEADOS CON ANTIGUEDAD MENOR A UN AÑOACORDADA N*4090 30/12/2008 San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Diciembre de 2008.- VISTO: La Acordada Nº 4004 que disponía que los agentes del Poder Judicial gozarán de una licencia ordinaria durante los períodos de las feria judiciales del 100% cuando posean una antigüedad mínima de un año y del 50% cuando superen los seis meses quedando sin descanso remunerado aquellos que cuenten con una antigüedad inferior a los seis meses, y CONSIDERANDO: Que es necesario rever la situación de aquellos empleados que no llegan a totalizar . . .Ver
4201INCORPORAR A LAS FISCALIAS DE CAMARA CIVILES AL SISTEMA DE SORTEO DE CAUSAS POR MESA DE ENTRADAS UNICAACORDADA N* 4201 01 /02/2012 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 01 de Febrero de 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que con la experiencia recogida desde la puesta en funcionamiento de la Mesa de Entradas Única, es conveniente incorporar a las Fiscalía de Cámara Civiles al sistema por sorteo de causas establecido oportunamente. Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº 865, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Incorporar a las Fiscalías de Cámaras Civiles, dentro del sistema por sorteo de la Mesa de Entradas Única, estableciéndose el siguiente modo: a) . . .Ver
4188DISPOSICIONES JUZGADO DE EJECUCION FISCALACORDADA N* 4188 23/11/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de noviembre de 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: La puesta en funcionamiento del Juzgado de Ejecución Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial, a partir del Juramento de la Dra. Marcia Alicia Lozada Figueroa el día 17/11/11 como titular del mismo, el que tendrá competencia exclusiva en la totalidad de las ejecuciones fiscales a iniciarse en la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca. Tornándose indispensable determinar a los fines de . . .Ver
4186COMPLEMENTA LA ACORDADA Nº 4030-FIJAR UN ARANCEL DEL 50% DEL COSTO DE UNA LEGALIZACIÓN DE FIRMA QUE REALIZE EL COLEGIO DE ESCRIBANOSACORDADA N* 4186 07/11/2011 San Fernando del Valle de Catamarca, 07 de noviembre de 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Acordada Nº 4030 del 02 de julio de 2007 se dispuso que producida la apertura de un juicio sucesorio y antes del dictado del auto que ordene la misma, los jueces deberan solicitar un informe al registro de actos de ultima voluntad, que se encuentra a cargo del Colegio de Escribanos de la Provincia, a fin de comprobar la existencia de instrumentos inscriptos en el mismo a nombre del causante, y que dicha . . .Ver