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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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3726 | LICENCIA PARTICULAR PREVIO Y POSTERIOR A UN FERIADO | ACORDADA N* 3726 20/09/2000 San Fernando del Valle de catamarca, 20 de Setiembre de 2000.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que el cumulo de licencias (generalmente por razones particulares) que solicitan los distintos integrantes de las distintas plantas de este Poder Judicial en visperas o posterior a feriados, torna indispensable modificar el régimen establecido mediante Acordada N* 2666. Por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario N* 463, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1*) Disponer que no se concederá licencia por razones particulares en víspera . . . | ![]() |
4090 | LICENCIA PARA EMPLEADOS CON ANTIGUEDAD MENOR A UN AÑO | ACORDADA N*4090 30/12/2008 San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Diciembre de 2008.- VISTO: La Acordada Nº 4004 que disponía que los agentes del Poder Judicial gozarán de una licencia ordinaria durante los períodos de las feria judiciales del 100% cuando posean una antigüedad mínima de un año y del 50% cuando superen los seis meses quedando sin descanso remunerado aquellos que cuenten con una antigüedad inferior a los seis meses, y CONSIDERANDO: Que es necesario rever la situación de aquellos empleados que no llegan a totalizar . . . | ![]() |
4061 | LIBRO DE PROTOCOLO DE PARTICIONES HEREDITARIAS | San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Abril de 2.008.- V I S T O : La nota presentada por la Sra. Directora del Archivo Judicial y Notaria, Dra. Nylda Fanny Abratte, a través de la cual propicia la registración en protocolo de Hijuelas. Y CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica del Notariado prevé la protocolización de las Escrituras Traslativas de dominio – modo de transmisión del dominio inter.- vivos – en orden a su conservación y seguridad .- Que el modo de transmisión del dominio mortis- causa es la partición hereditaria judicial por . . . | ![]() |
4424 | JUZGADO DE PAZ DE LOS VARELAS DESIGNACION DE SUBROGANTES | ACORDADA Nº 4424 23OCT2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 23 de Octubre de 2019 V I S T O Y CONSIDERANDO: La Acordada Nº 4292, la conveniencia de modificar la misma y conforme a las disposiciones del Capitulo XVIII Art. 37 de la Ley Nº 2337 - Orgánica del Poder Judicial, mediante el cual la Corte de Justicia tiene las facultades de confeccionar la lista de conjueces a los fines de que en los casos de recusación, excusación, licencia u otro impedimento reemplacen a los Jueces de Paz Legos. Por ello LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A . . . | ![]() |
4684 | Justicia en las Escuelas - Ciclo capacitaciones para el interior sobre Juicios por Jurado | San Fernando del Valle de Catamarca, 02 de mayo de 2024 VISTO: La presentación realizada por la Sra. Ministra de la Corte de Justicia Dra. Rita Verónica Saldaño en relación al programa de Ciclos de Capacitación en temática de “Juicios por Jurado” para las circunscripciones judiciales del interior de la Provincia. Y CONSIDERANDO: Este programa tiene como objetivo fomentar la educación ciudadana promoviendo el conocimiento de los jóvenes acerca del sistema judicial de nuestro país, específicamente en esta etapa la temática de los “Juicios por Jurado”, transmitiendo . . . | ![]() |
4357 | JURY. DESIGNACION DEL FISCAL Y DEFENSOR PARA QUE ACTUE ANTE EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO AÑO 2017 | ACORDADA Nº 4357 19DIC2016 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 19 de diciembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: La previsión del Art. 3 de la Ley 4247 (Enjuiciamiento de Magistrados) que establece la obligación de la Corte de Justicia, de designar en el mes de Diciembre de cada año, Fiscal y Defensor para que actúen ante el Tribunal de Enjuiciamiento y lo resuelto en Acuerdo Plenario Nº 1029, por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Designar para el periodo 2017, como Fiscal para que actúe ante el Tribunal . . . | ![]() |
4228 | JURY. DESIGNACION DEL FISCAL Y DEFENSOR PARA QUE ACTUE ANTE EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO AÑO 2012 | “2012 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA BANDERA ARGENTINA” SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 18 de diciembre de 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: La previsión del Art. 3 de la Ley 4247 (Enjuiciamiento de Magistrados) que establece la obligación de la Corte de Justicia, de designar en el mes de Diciembre de cada año, Fiscal y Defensor para que actúen ante el Tribunal de Enjuiciamiento y lo resuelto en Acuerdo Plenario Nº 895, por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1º) Designar para el periodo 2013, como Fiscal para que actúe ante el Tribunal de . . . | ![]() |
4422 | JUEZ PENAL JUVENIL SUBROGACION | ACORDADA Nº 4422 07OCT2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Octubre de 2019 VISTO: La puesta en funcionamiento del Fuero Penal Juvenil mediante la designación del Sr. Defensor Penal Juvenil y CONSIDERANDO: Que en marco de las facultades que le confiere a esta Corte la Ley Orgánica y leyes específicas se advierte la necesidad de reglamentar el sistema de subrogación del Defensor Penal Juvenil. Por ello LA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA A C U E R D A 1º) . . . | ![]() |
6015 | JUECES DE PAZ-PROCESO PARA SU DESTITUCION | San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Diciembre de 2018.- VISTO: Que no existe regulación para el juzgamiento y eventual destitución de los jueces de paz; Y CONSIDERANDO: Que La Constitución de la Provincia de Catamarca establece que la Corte de Justicia decide en juicio pleno y en única instancia, entre otros casos, en las causas que se sigan contra los jueces de paz, al solo objeto de su destitución (204 inc 3); que dentro de las atribuciones y deberes está la de remover a los jueces de paz (206 inc. 14); y que los jueces de paz son nombrados por el Poder Ejecutivo . . . | ![]() |
4687 | Jueces de Paz de El Rodeo - localización de inmuebles | San Fernando del Valle de Catamarca, 28 de mayo de 2024 VISTO: La nota presentada por el Juez de Paz de El Rodeo, Dpto. Ambato, por medio de la cual pone en conocimiento la dificultad que se presenta al momento de localizar los inmuebles en los cuales se ordena la realización de medidas judiciales por parte de los/as Magistrados/as. Y CONSIDERANDO: La problemática con la que se encuentran los Jueces de Paz, dada la imposibilidad de llevar adelante medidas ordenadas en procesos judiciales que recaen en inmuebles ubicados en los departamentos del interior de la Provincia, donde la . . . | ![]() |
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