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4585Implementación progresiva del sistema de Expediente Digital (SED) IURIX-UNITECHSan Fernando del Valle de Catamarca, VISTO: La implementación progresiva del sistema de Expediente Digital (SED) IURIX-UNITECH CONSIDERANDO: Que, la ley n° 5658 dispuso la implementación gradual y progresiva de un sistema de digitalización de expedientes judiciales y de herramientas de notificaciones electrónicas. Que, por Acordadas N° 4565/4572 se inició la implementación progresiva del Sistema de Gestión de Expedientes Digitales IURIX en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil de Primera y Segunda Nominación en la Primera Circunscripción Judicial, y se aprobó su Reglamento . . .Ver
4582IMPLEMENTACIÓN DE NOTIFICACIÓN DIGITALSan Fernando del Valle de Catamarca, 30 de agosto de 2022 VISTO: Las facultades otorgadas a esta Corte de Justicia por el artículo 3º de la Ley Nº 5658 de Digitalización Integral de la Justicia y, lo dispuesto por Acordada Nº 4576/2022 de aprobación del Reglamento General del Expediente Digital (SED). Y CONSIDERANDO: Que, resulta necesario ampliar la reglamentación relativa al Capítulo de Comunicaciones - Cap. IX - del Reglamento General del Expediente Digital (SED), a fin de evitar interpretaciones disímiles entre sí. Por ello, dado lo resuelto en reunión de Ministros de . . .Ver
4576REGLAMENTO GENERAL EXPEDIENTE DIGITAL - ANEXO ISAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 03 Agosto de 2022.- VISTO: Las facultades otorgadas a esta Corte de Justicia por el artículo 3° de la ley n° 5658 de Digitalización Integral de la Justicia. CONSIDERANDO: Que, la ley n° 5658 dispuso la implementación gradual y progresiva de un sistema de digitalización de expedientes judiciales y de herramientas de notificaciones electrónicas. Que, durante los meses de junio y septiembre de 2021 se comenzaron los procesos de modelización de términos y procesos de los fueros civil, comercial, laboral y de familia, las adecuaciones del sistema IURIX . . .Ver
4575IMPLEMENTACION PROGRESIVA SED-IURIXSAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 03 Agosto de 2022.- VISTO: La implementación progresiva del Sistema de Expediente Digital (SED) - IURIX dispuesta por Acordada N° 4565. Lo resuelto por acuerdo plenario de fecha 03 de agosto de 2022 por esta Corte. CONSIDERANDO: Que, la continuidad del proceso gradual de implementación del Sistema de Expediente Digital (SED), requiere disponer la puesta en marcha del Portal de Causas Judiciales, para el acceso externo al SED. A cuyos fines se debe disponer el inicio del proceso de empadronamiento/logueo de los usuarios externos del sistema. Que, la logística . . .Ver
4565La implementación progresiva del sistema de Expediente Digital (SED) IURIX- UNlTECHSan Fernando del Valle de Catamarca, 27 de mayo de 2022 VISTO: La implementación progresiva del sistema de Expediente Digital (SED) IURIX- UNlTECH. Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra previsto, en una primera instancia, la implementación del sistema digital en diversas dependencias judiciales; tal las capacitaciones recibidas por los operadores. Que, la logística y operatoria de la puesta en ejecución requerirá - necesaria y transitoriamente- la suspensión transitoria de las actividades administrativas y judiciales en una primera etapa de los Juzgados de Primera Instancia Civil . . .Ver
4547Actualización del JUS.ACORDADA Nº 4547 19AGO2021 San Fernando del Valle de Catamarca, 19 Agosto de 2021.- VISTO: Las atribuciones conferidas a ésta Corte de Justicia por el art. 64 de la ley Nº 3956 y lo dispuesto en la Acordada N° 4183, de fecha 14 de octubre de 2011; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la norma de cita, esta Corte de Justicia dictó la Acordada N° 4183, de fecha 14 de octubre de 2011, mediante la cual se instituyó con la denominación de JUS la Unidad de Honorario Profesional de Abogados/as o Procuradores/as, que representa el UNO POR CIENTO (1%) de la remuneración bruta asignada . . .Ver
4545AMPLIACIÓN DE LO DISPUESTO EN ACORDADA Nº 4543- Especificaciones de Grupos de RiesgoACORDADA Nº 4545 04AGO2021 VISTO La Acordada Nº 4543 que dispone ampliar a actividad presencial de cada dependencia judicial, y convocar al personal considerado como grupo de riesgo a reintegrarse a las tareas presenciales, una vez completado el esquema completo de vacunación en su totalidad. Y CONSIDERANDO: La necesidad de precisar que deberá entenderse por grupo de riesgo y cuáles serán los grupos especificados que podrán exceptuarse de la presencialidad, previa acreditación del Departamento de Medicina Laboral, en consonancia con lo dispuesto por el Decreto S.- Seg Nº 1439 . . .Ver
4543AUMENTO DE LA ACTIVIDAD PRESENCIAL AL 75%-CONVOCAR A LA PRESENCIALIDAD AL PERSONAL QUE COMPLETO EL ESQUEMA DE VACUNACIÓNACORDADA Nº 4543 03AGO2021 San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de agosto de 2021.- VISTO: El Decreto S.- Seg. Nº 1439 del Poder Ejecutivo Provincial que dispone declarar a la provincia de Catamarca en “Alto riesgo epidemiológico sanitario estable o en descenso” en virtud de la situación actual de emergencia sanitaria dispuesta en el ámbito Nacional y Provincial como consecuencia del brote de Coronavirus (Covid-19), y la Acordada Nº 4529 que dispone la modalidad de prestación del servicio de justicia con reducción del personal al 50%. Y CONSIDERANDO: Las medidas implementadas . . .Ver
4535Asueto administrativo con suspensión de términos para el día 05 de Julio de 2021 - Aniversario de la Fundación de San Fernando del Valle de Catamarca.ACORDADA Nº 4535 02JUL2021 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 02 julio 2021. VISTO Y CONSIDERANDO: El Asueto Administrativo decretado por la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca mediante Decreto 479/21 para el día 05 de Julio del corriente año, con motivo de conmemorarse un nuevo Aniversario de la Fundación de San Fernando del Valle de Catamarca, Por ello y en uso de las facultades conferidas por la ley, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1º) Declarar asueto administrativo . . .Ver
4529Extensión del receso judicial extraordinario hasta el día 07/06 y reanudación de actividad a partir del 08/06 con reducción del 50% del personal.ACORDADA Nº 4529 07JUN2021 San Fernando del Valle de Catamarca, 07 de junio de 2021.- VISTO: La situación de emergencia sanitaria dispuesta en el ámbito Nacional y Provincial en virtud de la cepa Coronavirus (Covid-19), el Receso Judicial Extraordinario dispuesto en consecuencia mediante Acordadas Nº 4526 , 4527 y 4528. y el Decreto S. –Seg. Nº 1039 del Poder Ejecutivo Provincial efectuadas. Y CONSIDERANDO: Las nuevas disposiciones del Poder Ejecutivo Provincial efectuadas por Decreto S. –Seg. Nº 1039, en virtud del sistema de cierres intermitentes diseñado por . . .Ver